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ocurrió en noviembre de 1995, cuando era presidente

Dictan la "falta de mérito" para Menem en la causa por la tragedia de Río Tercero

La explosión de la fábrica militar de esa ciudad cordobesa dejó 7 muertos, centenares de heridos y cuantiosos daños materiales. De todas maneras, la “falta de mérito” implica que Carlos Saúl Menem podría seguir siendo investigado, ya que si bien deja de estar procesado, tampoco se lo exculpó definitivamente.


Viernes 27.8.2010
 23:58

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba dictó la "falta de mérito" para el ex presidente Carlos Menem en la causa por las explosiones en la Fábrica Militar de Río Tercero, producidas en 1995, se informó hoy.

En tanto, el tribunal benefició con el sobreseimiento al ex funcionario del área de Defensa Heriberto Baeza González, que también estaba involucrado en el caso.

La Sala A de la Cámara, integrada por Ignacio María Vélez Funes, Roque Ramón Rebak y Ricardo Bustos Fierro, rechazó por unanimidad el procesamiento del ex presidente -que fue acusado de "estrago doloso agravado"- dispuesto por el juez subrogante de Río Cuarto, Oscar Valentinuzzi.

De todas maneras, la "falta de mérito" implica que Menem podría seguir siendo investigado, ya que si bien deja de estar procesado, tampoco se lo exculpó definitivamente, como ocurriría si hubiera sido sobreseído.

En noviembre de 1995 Menem era jefe de Estado cuando ocurrieron las trágicas explosiones que dejaron 7 muertos, centenares de heridos y cuantiosos daños materiales.

La Cámara dispuso también "revocar la resolución apelada en cuanto dispuso el procesamiento, sin prisión preventiva, y embargo preventivo sobre los bienes de Heriberto Jorge José Gerardo Baeza González en orden al delito de estrago doloso agravado por muerte de personas".

En ese sentido, a diferencia de Menem, sí declaró el sobreseimiento de Baeza González.

En cuanto a Menem, los jueces sostuvieron que "no existe hasta el presente mérito para ordenar el procesamiento ni el sobreseimiento del nombrado en orden al citado delito" y revocaron el embargo preventivo sobre los bienes del ex mandatario, que estaba imputado de "estrago doloso agravado".

En relación a la situación procesal de Menem, se indica: "No ha resultado factible a la instrucción obtener constancias relativas a la posible responsabilidad que se achaca a Menem, siendo que la prueba producida hasta el momento no ofrece elementos relevantes en esa dirección".

Los camaristas dijeron que el procesamiento de Menem en la primera instancia judicial se había "sostenido sobre la base de tres extremos". Así, señalaron primeramente que el juez tuvo en cuenta "el supuesto teórico del dominio de la voluntad en aparatos organizados de poder, que permitiría sustentar el criterio de su supuesta participación responsable, dada su condición de Presidente, Jefe Supremo de la Nación, Jefe de Gobierno y responsable político de la administración general del país".

Otro de los ejes fue "la vinculación del nombrado con los hechos a raíz del procesamiento dictado en su contra en causa "Sarlenga", en particular, a partir del dictado de los Decretos N 1697/91, 2283/91 y 103/95 mediante los cuales se permitió la venta de armamento al exterior y en la circunstancia de que el establecimiento fabril de Río Tercero habría operado entre 1991 y 1995 como centro de almacenamiento y distribución de armas y municiones (pertrechos) que salieron clandestinamente del país hacia Croacia y Ecuador".

Y por último, dijeron, el magistrado de primera instancia contempló "una valoración del mensaje vertido en conferencia de prensa por el ex Presidente Menem a la sociedad, tras el acaecimiento de la tragedia en la Fábrica Militar de Río Tercero".

Ante ello, la Cámara concluyó que "en el caso de marras no concurren hasta el presente tales evidencias -verbigracia, testimonios, registros documentales o instrumentales, o bien indicios concurrentes- que permitan acreditar semiplenamente, con el grado provisional que la actual etapa procesal requiere, la responsabilidad penal endilgada a Carlos Saúl Menem en la voladura de la Fábrica Militar de Río Tercero".

Además, la Cámara recomendó "especialmente al señor juez de instrucción que, en resguardo de la tutela judicial efectiva respecto de todos los imputados y víctimas del hecho ilícito investigado, se procure la mayor celeridad al trámite de conclusión de la investigación y ulterior elevación de la causa a juicio público y oral, en cuanto por derecho corresponda".

A esta causa siempre se la vinculó con la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador, algo que fue rechazado desde un principio por la defensa de Menem.

Por su parte, el abogado querellante Horacio Viqueira dijo estar "en desacuerdo" con el dictamen. "Había mérito suficiente para mantenerlo procesado", señaló. En ese sentido dijo a la prensa que analizará la resolución "y seguro vamos a presentar la casación", en referencia a un recurso para revertir la medida de la Cámara.

DYN

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