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Procesan al prefecto Cavia como presunto autor material del homicidio de Rafael Nahuel

Además, el juez procesó a Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García como supuestos "partícipes necesarios penalmente responsables del delito de homicidio agravado por su comisión con violencia contra las personas mediante la utilización de armas de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa".
 

Procesan al prefecto Cavia como presunto autor material del homicidio de Rafael NahuelProcesan al prefecto Cavia como presunto autor material del homicidio de Rafael Nahuel

Miércoles 16.6.2021
 21:49hs
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El juez federal subrogante de Bariloche Gustavo Zapata procesó hoy sin prisión preventiva al prefecto de la Agrupación Albatros Sergio Guillermo Cavia como presunto autor del homicidio del joven mapuche Rafael Nahuel en Villa Mascardi, en 2017, y tomó similar medida con otros acusados de ser "partícipes necesarios", informaron fuentes judiciales.



Zapata le imputó a Cavia el cargo de "homicidio agravado por su comisión con violencia contra las personas mediante la utilización de armas de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa".

Además, el juez procesó a Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García como supuestos "partícipes necesarios penalmente responsables del delito de homicidio agravado por su comisión con violencia contra las personas mediante la utilización de armas de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa".

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Inicialmente Pintos fue sospechoso de haber ejecutado el disparo que mató a Nahuel en Villa Mascardi el 25 de noviembre de 2017, pero hubo una pericia balística realizada en Salta que cambió el criterio y ahora Zapata considera a Cavia como supuesto homicida.

Este fallo de primera instancia puede ser apelado por los imputados ante la Cámara Federal de General Roca. Debido a la figura de "exceso en la legítima defensa" (que deja abierta la posibilidad de un enfrentamiento entre prefectos y manifestantes mapuches) la pena que podría aplicarse va de un año y cuatro meses a 6 años y ocho meses de prisión, con lo cual los acusados tienen la posibilidad de ser encarcelados en caso de una pena de tres años o menos.

Zapata también embargó a los procesados en cinco millones de pesos a cada uno. Al mismo tiempo, les prohibió la salida del país y les ordenó mantener el domicilio real que declararon ante la justicia e informar al tribunal cualquier cambio al respecto. Además deben informar si se ausentan por más de cinco días de sus casas y comparecer el primer y tercer lunes de cada mes ante la Delegación San Isidro de la Policía Federal Argentina.

Si incumplen con estas órdenes se procederá a "sus inmediatas detenciones", añadió el magistrado. Zapata remitió un oficio a la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval para que notifique la resolución judicial de manera urgente y personal a Cavia, Pintos, Obregón, Sosa y García, añadieron las fuentes.

Los hechos abordados en la causa ocurrieron entre el 23 y 25 de noviembre de 2017, durante un desalojo de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu. Hubo una represión a cargo de "albatros" de la Prefectura Naval y Nahuel murió a raíz de un balazo recibido en la espalda. También fueron heridos otros dos mapuches y terminaron detenidas varias personas, entre ellas niños.

Con información de Télam

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