La Administración Federal de Ingeresos Públicos (AFIP) reglamentó el régimen de registración de contratos de alquiler de inmuebles previsto en la nueva Ley de Alquileres (art. 16 de la 27.551). Se trata de una medida voluntaria para inquilinos/locatarios y obligatoria para inmobiliarias/locadores a partir del 1° de marzo y se establece un plazo de excepción hasta el 15 de abril del 2021 para los contratos que se efectivizaron a partir del 1° de julio de 2020 en adelante. Vale destacar que dicha resolución establece sanciones para quienes incumplan y no presenten la información requerida.
































