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El Senado modificó varios puntos de la actual norma

Los cambios a la Ley de Educación Superior agitaron dudas y polémica

Se fija un acceso “libre e irrestricto” a los estudios de grado estatales, prohibiendo exámenes eliminatorios y aranceles.

Los cambios a la Ley de Educación Superior agitaron dudas y polémicaLos cambios a la Ley de Educación Superior agitaron dudas y polémica

Jueves 5.11.2015
 17:44

Luciano Andreychuk
landreychuk@ellitoral.com
Twitter: @landreychuk

El Congreso Nacional convirtió en ley un proyecto que modifica la actual Ley de Educación Superior (LES) Nº 24.521. La iniciativa, de Adriana Puiggrós (FPV), ya había logrado en 2013 media sanción en Diputados, y establece cambios significativos en varios puntos del articulado de la norma que regula el sistema universitario nacional.


La nueva ley fija taxativamente a la educación superior como “bien público y un derecho humano”, algo que no se mencionaba en la ley vigente, sancionada en 1995. También que es obligación del Estado “garantizar la igualdad de oportunidades y condiciones en el acceso, permanencia, graduación y egreso”, y que los recursos asignados para las universidades públicas “no pueden ser disminuidos ni reemplazados”.


Pero se incorpora un bis que dice: “Los estudios de grado en las instituciones superiores de gestión estatal son gratuitos e implican la prohibición de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel, o tarifa directos o indirectos”.

Éste es uno de los puntos que abrió la polémica entre distintos sectores del ámbito educativo.

Primera polémica: sin aranceles

Hoy, de las 54 universidades públicas del país, soy muy pocas las que cobran un arancel. La duda aparece en las carreras dictadas mediante la modalidad a distancia, muchas de las cuales son de pregrado y de grado, estudios que sí son arancelados.


¿Las universidades quedan ahora obligadas a no cobrar por los estudios a distancia? En la UNL, por caso, se dictan 20 tecnicaturas (pregrado) y 7 ciclos de licenciatura (grado). Consultado por El Litoral, el vicerrector de la UNL, Miguel Irigoyen, aseguró que en el caso de las carreras a distancia de esa casa de estudios “lo que los alumnos pagan no es un arancel ni una matrícula. Pagan los costos del material de estudio”.


“El concepto no es el de un gravamen -amplió-. Así como los alumnos presenciales deben costear gastos en apuntes, libros, etc., todo alumno a distancia también debe cubrir esos costos por materiales de estudio”.


—¿No se cobra por estudiar a distancia en la UNL?-insistió El Litoral.


—No, lo que debe quedar en claro es que el costo de la educación a distancia es el costo de los materiales educativos que se les provee a los alumnos. Que no es lo mismo que una cuota o un arancel. Hay un costo que debe absorber el estudiante que es de otra localidad. Que en una carrera a distancia esté estipulado un número de cuotas no significa que esto sea una matrícula, sino que es en concepto del costo por materiales de estudio.


De todos modos, el funcionario académico pidió “esperar a ver cómo se reglamenta esta norma modificatoria de la LES”, para saber “si hay de hecho algunas consecuencias en estas cuestiones puntuales”.

Segunda polémica: el curso de ingreso

Otro de los cambios que despertaron controversia fue que ahora “todas las personas que aprueben la educación secundaria pueden ingresar de manera ‘libre e irrestricta’ a la enseñanza de grado en el nivel de educación superior (...)”, según establece la nueva ley.


¿Qué pasará aquí con los exámenes de ingreso? En la Universidad Nacional de Rosario o en la de La Plata, el ingreso a la carrera Medicina es eliminatorio -por citar dos ejemplos-, con lo cual se abre un interrogante: ¿los multitudinarios grupos de alumnos que se anotan a esa carrera accederían ahora sin examen?


En la UNL no hay cursos de ingreso eliminatorios, pero sí de articulación (general y disciplinar) y son obligatorios. Los alumnos deben aprobarlos sí o sí. El alumno puede ir cursando las materias de su carrera, aun adeudando algún módulo de los cursos. Pero hay puntos donde lo que se adeuda del ingreso “traba” la continuidad del cursado.


Consultado sobre si la nueva ley afectará los cursos de articulación -aun no siendo éstos eliminatorios-, Irigoyen respondió: “Entiendo que no. Los cursos de articulación de la UNL no son excluyentes, y son una parte constitutiva del trayecto de estudios. Hay que diferenciar conceptualmente: una cosa es un curso de articulación (nivelatorio, disciplinar) como el nuestro, y otra cosa distinta es un examen de ingreso eliminatorio”.


Sí, admitió que los cursos “establecen ciertas correlatividades con el resto de la carrera.

La no aprobación de los cursos de articulación impacta en algún sentido en el recorrido curricular”, dijo el vicerrector. “Pero esto no determina el no ingreso, no es restrictivo”.


—En este punto, ¿qué pasa en la carrera de Medicina de la UNL? Porque tenemos versiones de que hay cupos para la inscripción de ingresantes. ¿Esto es así?


—No, no hay cupo en la inscripción a Medicina. Los alumnos deben hacer los cursos de articulación (disciplinar y general) como los del resto de las carreras de la UNL.

Aquellos alumnos que no aprueban el disciplinar tiene una correlatividad con determinadas partes de las carreras (que lo frenan en el cursado). Hay recuperatorios y está el Remedial, pero mientras tanto el alumno puede hacer otras partes de la carrera.


En la UTN Santa Fe ocurre algo similar: los cursos de ingreso tampoco son eliminatorios, “son nivelatorios y también obligatorios”, explicaron a El Litoral fuentes de esa facultad regional. Los chicos pueden ir cursando las materias de la ingeniería que escogieron, pero si adeudan módulos del ingreso -como matemática o física-, llegará un punto en que se les trabará el cursado.

Tercera polémica: la regularidad

La nueva modificatoria establece ahora que “cada institución universitaria nacional dictará normas sobre regularidad en los estudios, que establezcan las condiciones académicas exigibles”.


Para Irigoyen, en este aspecto “hay cierta injerencia en las autonomías universitarias: sobre las condiciones que debía reunir un alumno respecto de la cantidad de materias aprobadas anualmente para ejercer su derecho como ciudadano universitario (votar para los órganos de gobierno, como consejo directivo y centro estudiantil)”.


De todos modos, subrayó que “esta ley modificatoria en sus conceptos generales se coloca en la misma dirección de la UNL. La gratuidad ya está estipulada en la Estatuto de nuestra universidad”.

Control

—El control administrativo quedará en manos de la Auditoría General de la Nación. Las universidades deberán hacer auditorías internas. ¿Qué le parece esto?


—Es correcto. Tenemos una unidad de auditoría interna. Nunca nos opusimos a que haya mecanismos de control.


“Creemos que esta ley modificatoria en términos generales se coloca en la misma dirección de la UNL”, opinó Irigoyen.

Para el vicerrector, en la “flexibilización” de la regularidad, “hay ciertas injerencias en las autonomía universitarias”.

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