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Lo sancionó el Congreso este viernes

Los delitos sexuales ya no prescribirán en Chile

El proyecto conocido como de “Derecho al tiempo”, ahora deberá ser promulgada por el presidente de Chile, Sebastián Piñera, y entrará en vigencia en los próximos meses, según un comunicado del Ministerio de Justicia de Chile.

Los delitos sexuales ya no prescribirán en ChileLos delitos sexuales ya no prescribirán en Chile

Viernes 5.7.2019
 19:27
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El Congreso de Chile aprobó unánimemente un proyecto de ley para declarar imprescriptibles los delitos sexuales contra menores de edad. Es decir, que sin importar cuándo ocurran los delitos sexuales contra menores de edad, el victimario siempre podrá ser procesado.

La ley no es retroactiva, pues según la Cámara de Diputados aunque “el fondo de la medida era compartido” —castigar a abusadores que han cometido delitos contra menores en el pasado— se privilegió el principio jurídico chileno que dice que las leyes en este país empiezan a regir en el momento en que entren en vigencia de manera oficial. Anteriormente la prescriptibilidad del delito de abuso y violación a menores de edad era de 30 años.

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“Ningún abusador de derechos humanos va a poder vivir en paz pensando que por el solo transcurso del plazo no va a poder ser perseguido judicialmente”, dijo a finales de mayo el diputado independiente, René Saffirio, citado por CNNChile, cuando la Cámara de Chile aprobó la medida.

Con la entrada en vigencia de esta ley, las víctimas podrán hacer sus denuncias ante los tribunales “cuando se sientan preparadas, sin la presión del paso del tiempo ni de periodos preestablecidos”, agregó el Ministerio de Justicia.

Los delitos que fueron declarados como imprescriptibles por el congreso chileno son los de violación; estupro; abuso sexual; exposición a actos de significancia sexual; producción de material pornográfico y favorecimiento de la prostitución, cuando ellos se han cometido en contra o bien se han visto involucrados como víctimas menores de 18 años, según el Senado.

El proyecto aprobado también amplía la posibilidad de que se ejerzan acciones civiles con el fin de dar una reparación adecuada a las víctimas, no solo de quienes cometieron el delito, sino de “terceros responsables por el hecho ajeno, como sería el caso de instituciones o personas que encubran estos delitos”.

El proyecto de ley tuvo un largo camino para ser aprobado, pues fue presentado por primera vez en 2010. Pero luego de 2018, un año oscuro en que estalló un escándalo de abusos sexuales por parte de integrantes de la Iglesia católica, finalmente el proyecto tomó mas fuerza y tuvo un trámite más rápido en el Congreso, hasta ser aprobado en julio de 2019.

El año infernal de la Iglesia comenzó en enero de 2018, cuando el papa Francisco defendió enérgicamente al obispo chileno Juan Barros, diciendo que no había visto “pruebas” en su contra, en una acusación de que encubrió a un sacerdote abusador Fernando Karadima.

En junio de 2018 el papa aceptó la renuncia de Barros, junto con otros tres obispos; Barros siempre negó saber nada de los abusos cometidos por el sacerdote Fernando Karadima.

En 2011, el padre Fernando Karadima fue encontrado culpable por el Vaticano de varios cargos de abuso sexual y sentenciado a una vida de penitencia y oración. El pasado 28 de septiembre el papa expulsó a Karadima del sacerdocio. Previo a su juicio canónico, en 2010, Karadima dijo ser inocente.

En marzo de 2019, una corte de Santiago acogió la demanda contra la Iglesia católica y ordenó pagar unos 146.000 dólares a cada uno de tres los demandantes (aproximadamente unos 146.000 dólares) por el caso del sacerdote Fernando Karadima. El fallo destacó que el caso no puedo ser definido como encubrimiento, sino como “omisiones negligentes culposas”.

Con información de CNN

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