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POLÍTICA

Consejo de la Magistratura

Gils Carbó le pidió a la Corte que apruebe el "per saltum"

La Procuradora General de la Nación dictaminó que es constitucional la elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura. Ahora la Corte Suprema de Justicia deberá resolver si aprueba el recurso de “per saltum” presentado por el Gobierno contra los fallos que frenaron la ley sancionada por el Congreso.

Gils Carbó le pidió a la Corte que apruebe el "per saltum"Gils Carbó le pidió a la Corte que apruebe el "per saltum"

Lunes 17.6.2013
 23:16
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La Procuradora General de la Nación, Alejandra Magdalena Gils Carbó, dictaminó hoy que es constitucional la elección popular de miembros del Consejo de la Magistratura y la nueva integración de ese organismo, y le pidió a la Corte Suprema que apruebe el recurso de "per saltum" que presentó el Gobierno contra los fallos que frenaron la ley sancionada por el Congreso.

De esta manera, la Corte quedó en condiciones de resolver el tema, lo que podría producirse en breve, ya que, según dijo el propio presidente del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti, ese cuerpo iba a pronunciarse "de inmediato" apenas estuviera en condiciones de definir un caso.

Para Gils Carbó, la nueva norma "reglamenta el artículo 114 de la Constitución" Nacional (que versa sobre el Consejo de la Magistratura) "de un modo más coherente con nuestro compromiso constitucional democrático y dando una respuesta adecuada a la demanda social de incrementar la participación ciudadana en los órganos de gobierno".

Además, consideró que la inconstitucionalidad dictada por la jueza María Servini de Cubría tiene "una visión más restringida de la democracia y que se funda en la representación de intereses sectoriales" de abogados y jueces.

Con este dictamen, la Corte quedó en condiciones de resolver por la constitucionalidad o no de la ley del Consejo, lo que podría ocurrir mañana, cuando los jueces del máximo tribunal se reúnan en acuerdo, como todos los martes.

Servini de Cubría había aceptado el martes pasado los pedidos de Jorge Rizzo, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, y de Carlos Traboulsi, dirigente de la Democracia Cristiana, y declaró la inconstitucionalidad de cuatro artículos de la ley 26.855 del nuevo Consejo de la Magistratura. La magistrada consideró que la elección popular de los representantes de jueces, abogados y académicos viola el artículo 114 de la Constitución, que establece que la integración del organismos debe respetar el "equilibrio" entre sus pares y que la elección de esos estamentos es entre sus pares.

El Gobierno presentó un "per saltum" para que la Corte intervenga en el caso, lo que fue aceptado por el máximo tribunal. Rizzo y Traboulsi presentaron sus escritos el fin de semana y le pidieron a la Corte que ratifique el fallo de Servini.

Gils Carbó -que adhiere al Gobierno nacional y es una de las líderes de la agrupación oficialista "Justicia Legítima"- consideró hoy que "la voluntad del constituyente ha sido delegar en el Congreso de la Nación la determinación del sistema de elección de los miembros del Consejo, así como del número de representantes de cada uno de los estamentos que lo componen".

"El artículo 114 de la Constitución Nacional no define el sistema de elección de los integrantes del Consejo pertenecientes a los estamentos de jueces, abogados y del ámbito académico y científico. Tampoco define el número de los representantes de cada estamento", agregó.

La Procuradora señaló que la Constitución incorporó tratados internacionales que "reconocen que el sufragio universal es un medio que resguarda adecuadamente la participación del pueblo en asuntos públicos".

Sobre la incorporación de los candidatos al Consejo en listas de partidos políticos, Gils Carbó consideró que ello "no implica que los candidatos sean partidarios, pues no se exige a aquéllos afiliarse a un partido político ni desempeñar cargos partidarios".

Aseveró que "la elección popular prevista por la ley 26.855, así como el incremento de los escaños asignados a los miembros pertenecientes al ámbito académico y científico, vienen a reglamentar el artículo 114 de la Constitución de un modo más coherente con nuestro compromiso constitucional democrático y dando una respuesta adecuada a la demanda social de incrementar la participación ciudadana en los órganos de gobierno".

La instancia de la Corte Suprema llega al cabo de una puja en el sector judicial, donde la nueva ley del Consejo -y en varios casos también la que limita las cautelares- sufrieron reveses de parte de magistrados que dictaron su suspensión hasta que se resolviera la cuestión de fondo.

DYN

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