Los diez artículos del texto normativo hablan de la necesidad de que en los alumnos se promueva, en todos los niveles, "el desarrollo de habilidades de inteligencia emocional", incluyendo "las modalidades de Educación Especial, Educación en Contextos de Privación de Libertad, Educación Domiciliaria y Hospitalaria, a través de la enseñanza formal de habilidades emocionales, tales como la empatía, habilidades sociales y de elección, el autoconocimiento, la autorregulación emocional, motivación o aprovechamiento productivo de las emociones y la importancia de las emociones en el marco del aprendizaje y las elecciones personales", según el primer punto aprobado por la Cámara alta.