“Ahora bien, -continuó- sabemos que más allá de que la Ley de Víctimas no esté aprobada, las
víctimas y/o sus familiares tienen derecho a contar con un abogado querellante y que, si bien
pueden contratar al profesional que consideren apropiado – como fue en el caso de la familia de
Vanesa Castillo -, también pueden contar con el patrocinio gratuito de los abogados de los Centros
de Asistencia Judicial, órgano del Estado provincial que depende del Ministerio de Gobierno,
Justicia y Derechos Humanos. Podemos decir que en un sentido estrictamente técnico esto es
cierto y, de hecho, cabe reconocer el muy buen trabajo que se realiza desde los C.A.J. Pero, en la
práctica, muchas veces los profesionales de los Centros de Asistencia Judicial se encuentran
desbordados por la cantidad de casos, o padecen la falta de articulación con otros organismos que
son partícipes de los procesos a partir de que se comete un delito, y por tanto no pueden trabajar
y atender los casos en la máxima expresión de sus potencialidades”.