El secretario general del Sindicato Luz y Fuerza de Santa Fe, Pedro Fernández, explicó que “el Convenio Colectivo 235/97 E vigente en la actualidad, resulta aplicable por la rama de la actividad y el servicio público que presta la EPESF. Ello es así no solo en la distribución de Energía Eléctrica sino además lo es en la generación y transporte de energía. En este sentido, no resulta posible recurrir a otra fuente legal para regir las relaciones laborales entre la Empresa y su personal. Muestra de ello es la vigencia y el respeto del convenio colectivo madre N° 36/75 entre los sindicatos y la federación con empresas generadoras a nivel Nacional como Secco, Central Puerto, Pampa Energía o Empresas de Transporte Nacional como Transener, Transnoa, o distribuidoras como Edenor, Eenersa, Edemsa, tanto en el ámbito público como en el privado y cooperativo, siendo esto propio de la rama eléctrica a nivel nacional”.
































