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Desde este jueves

Los residentes en Santa Fe que regresen del exterior deberán aislarse siete días

Así lo dispone el Decreto 1050 firmado este jueves por el gobernador Omar Perotti.  

Los residentes en Santa Fe que regresen del exterior deberán aislarse siete díasLos residentes en Santa Fe que regresen del exterior deberán aislarse siete días

Jueves 1.7.2021
 22:42hs
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El gobernador Omar Perotti dispuso este jueves a través del Decreto 1050 que, con carácter precautorio, "las personas que a partir de la fecha del presente decreto ingresen al territorio de la Provincia de Santa Fe por cualquier punto de la misma provenientes del extranjero, y con independencia del medio de transporte que empleen a tal fin, deberán observar en sus domicilios o lugar de residencia que denuncien, por el término de siete (7) días corridos desde su ingreso las medidas de aislamiento obligatorío a que hace referencia el artículo 7° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 260/20, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2021 por su similar N° 167/21, al que la Provincia adhiriera por Decreto N° 0173/21)".

Además, las personas que íngresen al territorio de la Provincia de Santa Fe provenientes del extranjero deberán, a los siete (7) días corridos de haber ingresado y haberse realizado un test diagnóstico para SARS-Cov-2, "realizarse otro, previo a dar por concluida la medida de aislamiento correspondiente; lo que en ningún caso podrá verificarse sín contar en forma fehaciente con un test de resultado negativo". "De resultar positivo el nuevo test diagnóstico para SARS-Cov-2, el laboratorio que lo realice deberá arbitrar los recaudos para que la autoridad sanitaria nacional competente secuencie genómicamente la muestra de laboratorio y la autoridad sanitaria provincial realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero o esa viajera, sobre la base de los mecanismos previstos para la trazabilidad de su ingreso y de traslado al lugar de aislamiento",dice el decreto. "En este segundo supuesto, la persona diagnosticada positiva de SARS-Cov-2 deberá continuar en aislamiento hasta obtener el alta correspondiente", agrega.

Los Ministerios de Salud y Seguridad se constituirán equipos de constatación domiciliaria del cumplimiento de las restricciones dispuestas por las autoridades sanitarias con motivo de la Pandemia, "pudiendo requerir a tales fines la colaboración del Ministerio Público de la Acusación y de los Juzgados Comunitarios de Pequeñas Causas, allí donde estos existan; formulando las denuncias pertinentes en caso de constatar incumplimientos", establece el documento. Complementariamente y sin perjuicio de lo anterior "se podrá requerir la colaboración e intervención de los organismos federales competentes, en las constataciones que se efectúen; debiendo en todos los casos notificar y dar intervención de las medidas a las Municipalidades y Comunas donde la persona que haya ingresado a la Provincia proveniente del extranjero denuncie que va a cumplir la medida de aislamiento social".

La Secretaría de Gestión Federal de la Gobernación será la autoridad de aplicación del régimen establecido en el presente decreto, estando a su cargo la coordinación de la actividad de los organismos provinciales, con las Municipalidades y Comunas, y con los del Gobierno Nacional competentes.

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