La medida también alcanza a los registros de sus establecimientos y los de los trabajadores rurales, conforme la Resolución N° 64/18. Asimismo, el Cuerpo Directivo anunció que también prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2018 la vigencia, validez y eficacia de las Libretas de Trabajo emitidas con el sistema en formato papel, según art. 5º de la misma Resolución. Vencido este plazo, regirá exclusivamente la Libreta del Trabajador Rural en formato credencial como único instrumento válido para el cumplimiento de la Ley 25.191.






























