¿Qué dice la ley para estos casos? En la capital provincial, se aplica la ordenanza 11.609 (septiembre de 2009), que modifica a la 7.882, en el artículo 97, inciso b, sobre “la colocación de vidrios de seguridad que no sean normalizados y con un grado de tonalidad que no presente una transparencia tal que desde el exterior pueda visualizarse nítidamente al conductor y transportados, con una multa de 100 a 1.000 pesos”. Pese a no estar normalizadas, las láminas de seguridad (las transparentes) no obstaculizan la visión hacia el interior del automóvil, con lo cual no son pasibles de multa.































