- La ley plantea que no hay que esperar para hacer la denuncia. Porque cuando una persona se encuentra desaparecida no sabemos cuál fue la causa; si se fue de manera voluntaria de su casa o del lugar donde estaba institucionalizada, si es una persona mayor que salió a caminar y se perdió, o si fue secuestrada. La legislación dice claramente que la denuncia se debe hacer de manera inmediata y que hay que poner todos los recursos de búsqueda en marcha porque las primeras horas son cruciales. Si la joven, el o la adolescente o la persona mayor se fue de manera voluntaria, si tiene problemas intrafamiliares y se quiso ausentar por unas horas, es una situación. Pero a lo mejor de diez casos de ausencia voluntaria, uno es secuestro: por ese caso tenemos que poner todas las herramientas a disposición de la búsqueda. Esas herramientas son la rápida acción de la comisaría, que el o la fiscal dé rápidamente las órdenes y que se convoque al organismo específico que es la Secretaría de Investigación Criminal que funciona en el ámbito del Ministerio de Seguridad de la provincia.