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Antecedente jurisprudencial

Una adolescente de 17 años podrá cobrar por sí misma la AUH

Anses debió realizar el cambio de titularidad. Esta resolución cautelar significa un importante antecedente para otras personas de 16 y 17 años.

Una adolescente de 17 años podrá cobrar por sí misma la AUHUna adolescente de 17 años podrá cobrar por sí misma la AUH

Lunes 28.11.2022
 11:25
Luciana Lanzamidad
Luciana Lanzamidad

Una adolescente de 17 años podrá cobrar por sí misma el beneficio de la Asignación Universal por Hijo (AUH). La justicia federal le dio la razón a la menor que se encuentra en conflicto con su madre. Basándose en los principios de la autonomía progresiva y del interés superior de la menor, en un “importante antecedente jurisprudencial”.

El pasado martes el juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7 hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la chica de 17 años iniciada con el objeto de ordenarle a la Anses que autorice el cambio de titularidad de la AUH a su favor, para comenzar a cobrar personalmente y así garantizar sus derechos, según informó la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) que la patrocinó

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Anses había rechazado el cambio de titularidad en sede administrativa, sosteniendo que la persona podía salir a trabajar. Desde la ACIJ respondieron a esa afirmación: “Resulta inaceptable que un organismo público sostenga que una joven que asiste a la escuela debe salir a trabajar, más aún cuando@EducacionAR afirmó que el desarrollo de actividades productivas en la adolescencia está fuertemente asociado al abandono escolar”.

Se realizó una presentación judicial y la justicia federal le dio la razón a la menor que se encuentra en conflicto con su madre. Esta “resolución representa un valioso precedente que reconoce la titularidad del derecho a la protección social, la autonomía progresiva de las y los adolescentes para cobrar y administrar una prestación básica y rompe con la lógica adultocéntrica que caracteriza a las políticas de transferencias de ingresos”, dijeron desde ACIJ en un comunicado.

Situación de la joven

La particular situación de vida de la menor está caracterizada por la “vulnerabilidad”, ya que se “encuentra distanciada de su familia y no accede a ningún ingreso para asegurar su derecho a una alimentación, a la educación, a un nivel de vida adecuado, entre otros”.

En la resolución el juez sostiene que al comprobarse la inexistencia del vínculo entre la actora –beneficiaria de la AUH– y la madre –titular de la AUH– hace que el actuar de la accionada, prima facie, resulte desproporcionado y contrario al interés superior de la adolescente, ya que (…) limita intensamente el ejercicio del derecho a educarse y desarrollar un plan de vida adecuado y, en consecuencia, soslaya la finalidad de creación de la AUH”.

La organización consideró que el fallo “contempla los estándares internacionales sobre los derechos de las y los adolescentes, a quienes la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce el deber del Estado de brindarles una protección especial y reforzada”, al tiempo que establece que “el análisis y resolución del caso debe basarse sobre la autonomía progresiva de las y los adolescentes para ejercer sus derechos en consonancia con la evolución de sus facultades”.

Esta resolución cautelar significa un importante antecedente jurisprudencial para otras personas de 16 y 17 años que se encuentren en una situación similar, y que requieran, sobre la base de su edad y grado de madurez, administrar los ingresos.

#TEMAS:
Anses

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