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OPINIÓN

Tema para la revisión y el debate

La reforma constitucional en Santa Fe y sus pueblos

¿Llegó la hora de cuidar el bolsillo de los vecinos y extender los mandatos comunales a cuatro años?

La reforma constitucional en Santa Fe y sus pueblos

La reforma constitucional en Santa Fe y sus pueblos

Domingo 11.8.2024
 12:35
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Bryan J. Mayer
Por: 
Bryan J. Mayer
|
Corresponsal Buenos Aires

Cualquier empresa, ya sea pequeña o multinacional, crea sus planes estratégicos con plazos que van -de mínima- de 5 años hasta 25 años, en el caso, por ejemplo, de las compañías energéticas. En esa línea, la realidad estatal santafesina es muy distinta. Ante ello, un tema sobre el que comienza a ponerse el foco tiene que ver con la duración de los mandatos comunales, que son de dos años cada uno y con reelección indefinida.

Es decir, no hay problemas en cuántos años puede un presidente comunal estar al frente de su localidad, pero debe revalidarlo cada dos. Esto último presupone un gasto de recursos importantísimo que afecta el bolsillo de todos los contribuyentes locales, por un lado, y la de toda la población, dado que se destinan fondos comunes para todas las listas que se conforman. Por otra parte, el permanente estado electoral desvía la atención de la gestión, que debe atender los compromisos político-partidarios prioritariamente para "no perder el sello" de cara a la siguiente elección.

De lo conversado entre el autor y varios presidentes y ex presidentes comunales del sur, centro y norte provincial, resulta un común denominador: todos coinciden que dos años no es el tiempo adecuado para desarrollar un proyecto de gobierno. Debemos recordar que las comunas son localidades menores a los 10.000 habitantes y que la Ley N° 2439 fija competencias, administración, gobierno, recursos y gastos entre otros temas importantes que atañen a dichas comunidades.

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No hay que olvidar que estas pequeñas localidades cuentan con escasos recursos y deben gestionar ante el gobierno provincial y nacional distintos programas de financiamiento para ejecutar obras o para la apertura de oficinas o dependencias que atiendan a sus vecinos, teniendo para ello, dos años o dieciocho meses, considerando el tiempo que conlleva la elección siguiente para renovar mandato. Como el lector, y como vecino, podrá notar rápidamente que es un limitado tiempo de gestión.

Es dable destacar que es distinta la situación en aquellas comunas como las "portuarias" o localidades con desarrollo industrial, donde la recaudación es mayor a la media y donde sí debe considerarse la administración y ejecución de un proyecto o programa de gobierno local, donde también las obras tienen un proceso de convocatoria a licitación pública y posterior adjudicación. Ya en etapa de ejecución -que puede en ocasiones no dar tiempo a la inauguración a la administración que la propuso e inició- puede correrse el riesgo de que una Comisión Comunal distinta quiera no proseguir con dichas obras o programas de gobierno, despilfarrándose gran cantidad de recursos que no son ni más ni menos que dinero de la gente que aporta pagando los impuestos.

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Ante lo planteado, debe quedar claro y preciso que ampliar el mandato de las comisiones comunales no implica aumentar el gasto político, sino por lo contrario; la comunidad se evitaría una elección -con todos los gastos que conllevan las elecciones- y la perdida de tiempos valiosos de gestión de gobierno.

Asimismo, resultaría interesante discutir la conveniencia de mantener elecciones legislativas (de medio término) en los municipios, eligiendo concejales cada dos años, con los gastos y costos de tiempo y gestión que ello implica no solamente para los ediles, sino también para los propios intendentes que deben resignar sus tareas para instalar, impulsar, apoyar y defender a sus candidatos.

La posible revisión de la Constitución provincial abre un abanico de posibilidades paralelas de cambios profundos. En ese marco, puede reverse también un factor clave en la vida de cientos de localidades cuyos vecinos exigen y merecen un mayor cuidado de sus recursos y mayor avocamiento y eficiencia en el desarrollo de gestión de sus autoridades locales. Esto nos recuerda que la eventual reforma de la vida política provincial no debe limitarse únicamente a los objetivos políticos del más alto nivel y pensar, también, en beneficiar a todos los santafesinos, en vista de los desafíos y problemáticas actuales.

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Bryan J. Mayer
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