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Por qué Anmat sacó del mercado productos para el pelo y de higiene personal

El organismo nacional dispuso la prohibición del uso, comercialización y publicidad de decenas de productos cosméticos y de higiene personal que no cuentan con registro sanitario. Las medidas alcanzan a artículos capilares y a un jabón líquido, detectados en ventas online y elaborados sin habilitación, con posibles riesgos para la salud.

Por qué Anmat sacó del mercado productos para el pelo y de higiene personal Por qué Anmat sacó del mercado productos para el pelo y de higiene personal

Jueves 5.2.2026
 10:52
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió prohibir la comercialización y el uso de una amplia variedad de productos cosméticos y de higiene personal que se vendían en todo el país sin contar con la debida inscripción sanitaria.

Las medidas, publicadas en el Boletín Oficial, apuntan a proteger a los consumidores frente a artículos considerados ilegítimos, cuya composición, seguridad y origen no pueden ser garantizados.

Productos sin registro y ventas online bajo la lupa

Las disposiciones fueron adoptadas tras tareas de fiscalización, monitoreo y denuncias detectadas por distintas áreas técnicas de la ANMAT.

En todos los casos, el denominador común fue la comercialización de productos sin inscripción sanitaria obligatoria, ofrecidos tanto en sitios web como en plataformas de venta electrónica con envíos a todo el país.

El riesgo del formol en alisadores capilares

Uno de los casos más relevantes involucra a la marca “SHINE HAIR”, sobre la cual la ANMAT detectó la venta de al menos diez productos capilares sin datos de registro en su rotulado.

Entre ellos se encuentran biotina, keratina líquida, shampoo extra ácido, acondicionador, botox capilar y alisadores, entre otros. Tras consultar la base de datos oficial, el organismo confirmó que ninguno de esos productos se encontraba inscripto, lo que los convierte en cosméticos ilegítimos

A partir de estas irregularidades, la ANMAT dio intervención al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad para gestionar la baja de las publicaciones online.

Sin embargo, el organismo avanzó un paso más y dispuso directamente la prohibición total del uso, comercialización, publicidad y distribución de estos productos en todo el territorio nacional.

El riesgo del formol en alisadores capilares

Uno de los puntos más sensibles señalados en las disposiciones oficiales tiene que ver con la presencia potencial de formol (formaldehído) en productos alisadores del cabello. Según explicó la ANMAT, este ingrediente no está autorizado como activo alisante y puede generar efectos adversos graves tanto en quienes utilizan los productos como en quienes los aplican.

La exposición aguda al formol puede provocar irritación de la piel y los ojos, ardor, picazón, lagrimeo, tos e irritación de las vías respiratorias. En casos de exposición crónica, los riesgos son aún mayores, ya que puede derivar en dermatitis alérgicas, hipersensibilidad y un aumento en la probabilidad de desarrollar ciertos tipos de cáncer, especialmente nasofaríngeo.

Jabón líquido higienizante

Esta advertencia se repite también en otra de las disposiciones, que alcanza a productos capilares comercializados bajo la marca “MUMYTALOOKS”, entre ellos alisadores, shampoos, cremas, tratamientos plex y protectores térmicos.

En este caso, la ANMAT detectó que los productos no solo carecían de inscripción sanitaria, sino que además consignaban datos de rotulado falsos, incluyendo un número de laboratorio que ya no se encuentra habilitado

Un jabón líquido sin habilitación

Las medidas no se limitaron a productos capilares. A través de otra disposición, la ANMAT prohibió el uso y la comercialización de un jabón líquido higienizante marca “PLUS”, elaborado por la firma Química El Regreso SRL. El producto fue detectado durante una inspección oficial, en la que se comprobó que el establecimiento no contaba con habilitación para fabricar cosméticos.

Además, al consultar los registros oficiales, se confirmó que el jabón no se encontraba inscripto ante la ANMAT, por lo que no existían garantías sobre su composición, seguridad ni eficacia. Pese a ello, el producto era comercializado a nivel nacional y promocionado para el lavado de manos, lo que encendió las alertas sanitarias

Ante este escenario, el organismo resolvió prohibir su venta y distribución “hasta tanto se encuentre regularizado”, y ordenó la baja inmediata de su publicidad en plataformas de venta electrónica.

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Alcance nacional y comunicación a las provincias

En todos los casos, las disposiciones establecen que la prohibición rige para todas las presentaciones, lotes, fechas de vencimiento y contenidos netos de los productos mencionados. Asimismo, la ANMAT dispuso comunicar las medidas a las autoridades sanitarias provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de reforzar los controles en todo el país.

Las resoluciones también fueron remitidas a las áreas internas correspondientes para la eventual instrucción de sumarios administrativos, en caso de detectarse responsabilidades adicionales por la elaboración o comercialización de estos productos.

Desde el organismo nacional remarcaron que la inscripción sanitaria no es un trámite meramente administrativo, sino una herramienta clave para garantizar que los productos cosméticos y de higiene cumplan con las normas de seguridad, calidad y rotulado establecidas por la legislación vigente.

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Recomendaciones

Frente a este tipo de situaciones, la ANMAT recomienda a los consumidores verificar siempre que los productos cosméticos cuenten con número de inscripción sanitaria visible en el envase, evitar la compra de artículos de origen dudoso o sin rotulado completo, y desconfiar de promesas de resultados inmediatos o “milagrosos”.

Además, ante cualquier reacción adversa, se aconseja suspender el uso del producto y realizar la denuncia correspondiente ante el sistema de cosmetovigilancia.

Las recientes disposiciones vuelven a poner el foco en los riesgos asociados a la compra de productos no autorizados, especialmente a través de canales digitales, y refuerzan el rol del Estado en la protección de la salud pública frente a prácticas comerciales irregulares.

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