La Anmat prohibió la comercialización de productos de tres firmas que operaban sin cumplir con las normas vigentes. Se trata de la empresa Biovand Group SRL, la marca cosmética Biolash y la firma SEIQ Group S.A., todas vinculadas a la oferta y distribución de artículos médicos, cosméticos y de limpieza sin registros ni habilitaciones necesarias.
La autoridad nacional actuó luego de detectar irregularidades graves como la falta de inscripción sanitaria, el uso de CUIT no autorizados, documentación incompleta y el rechazo a inspecciones oficiales.
Biovand Group SRL fue sancionada luego de una denuncia realizada por la Cámara de la Industria TraumatológicaEl organismo suspendió a Biovand
Según consta en la Disposición 4701/2025 publicada el 15 de julio en el Boletín Oficial, la empresa Biovand Group SRL fue sancionada luego de una denuncia realizada por la Cámara de la Industria Traumatológica, que alertó sobre la posible comercialización de insumos médicos de origen dudoso.
Durante la inspección realizada en su sede de Av. Gaona 1693 (CABA), el encargado de la firma no pudo mostrar productos en stock ni entregar documentación completa sobre los remitos y facturas de los artículos comercializados. Además, la empresa operaba con un CUIT diferente al que figura como habilitado en el registro de la Anmat, y el trámite de cambio de razón social había caducado.
Pese a haber sido notificada para entregar en un plazo de siete días toda la documentación que acredite el origen de los productos, la empresa no cumplió. A esto se sumó una posterior negativa a permitir el ingreso a una nueva inspección.
Dada la falta de garantías sobre la seguridad, eficacia y origen de los productos ofrecidos, el organismo prohibió de forma preventiva su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional.
Biolash:“serum de pestañas”
El organismo también sancionó a la marca de cosmética Biolash, conocida por ofrecer un “serum potenciador de cejas y pestañas” que circulaba en plataformas digitales sin contar con autorización sanitaria. La medida fue tomada mediante la Disposición 4702/2025
La investigación se inició tras recibir denuncias y consultas a través del canal de Cosmetovigilancia. El producto no se encontraba inscripto ante la Anmat ni era posible identificar el establecimiento donde era fabricado. Por este motivo, el organismo ordenó su prohibición total hasta tanto obtenga su correspondiente registro.
“Al desconocerse su origen, composición y condiciones de elaboración, no se pueden garantizar su seguridad ni eficacia”, advirtió Anmat. La disposición abarca todas las presentaciones, lotes, fechas de vencimiento y contenidos netos del producto, e incluye además la prohibición de su promoción y venta en plataformas digitales.
Productos de limpieza y desinfecciónSEIQ Group: limpieza y desinfección
En un tercer caso, la Disposición 4703/2025 se enfocó en una serie de productos de limpieza y desinfección que se promocionaban como de “uso profesional” y que llevaban datos de la empresa FANC S.A. en sus etiquetas. Sin embargo, FANC S.A. negó haber elaborado esos productos y denunció el uso indebido de su nombre por parte de la firma SEIQ GROUP S.A.
La investigación reveló que SEIQ no se encuentra habilitada por Anmat ni por la autoridad sanitaria de la provincia de Buenos Aires. Además del desinfectante SEIQ, se detectaron otros 12 productos domisanitarios que incluían detergentes, insecticidas, ceras y limpiadores sin registro oficial. Muchos de ellos se vendían a través de sitios de comercio electrónico, lo que facilitaba su llegada a consumidores de todo el país.
Por esta razón, elorganismo ordenó la prohibición inmediata de la venta, distribución y uso de todos los productos de la empresa hasta tanto regularicen su situación legal. Además, se inició un sumario sanitario contra SEIQ GROUP S.A. y su director técnico por violaciones a múltiples normativas vigentes.