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Naufragio culposo

Condenaron al conductor de una lancha que chocó con un barco de Prefectura

El siniestro se produjo hace más de una década, en la largada del Concurso de Pesca del Surubí, en el Puerto de Reconquista. La Justicia sentenció a dos años de prisión en suspenso al timonel de la embarcación.

Condenaron al conductor de una lancha  que chocó con un barco de Prefectura Condenaron al conductor de una lancha que chocó con un barco de Prefectura

Lunes 11.2.2019
 15:39
Juliano Salierno
Juliano Salierno

Juliano Salierno | jsalierno@ellitoral.com


El Tribunal Oral Federal (TOF) de Santa Fe condenó a dos años de prisión en suspenso a un hombre de la ciudad de Reconquista, cuando la lancha que tripulaba se estrelló contra un barco de Prefectura Naval, hace más de diez años, en la largada del XX Concurso de Pesca del Surubí. La sentencia fue la primera de 2019, producto de un acuerdo alcanzado por la Fiscalía y la defensa de Gabriel Osvaldo Cargnelutti, un contador público de 34 años, que tenía 23 al momento del hecho en el que resultaron heridos tres ocupantes de la embarcación.


El siniestro ocurrió a las 7.40 del 14 de octubre de 2007, a la altura del km. 950 del río Paraná, en la margen derecha frente al Puerto de Reconquista, precisó la delegación local de la Prefectura Naval Argentina. Apenas se anunció la largada del concurso, una lancha deportiva “Dorado Open” con motor Yamaha de 250 HP, perteneciente a la empresa Náutica Reconquista, embistió de lleno al guardacostas “Río Quequén” de PNA.


Con el timonel iban en la lancha otras cuatro personas, de las cuales tres resultaron lesionadas y debieron ser trasladadas al Hospital Central de Reconquista. En cuanto a los daños materiales, la embarcación oficial sufrió abolladuras mientras que la lancha deportiva se hundió inmediatamente.

>>>Mirá el video del momento del choque


Juicio abreviado


Tras la emergencia, se inició una investigación que estuvo a cargo del Juzgado Federal de Reconquista, donde fue indagado Cargnelutti por el delito de “naufragio culposo, agravado por haber resultado lesionadas tres personas” en carácter de autor.


El 30 de junio de 2010 se dictó su procesamiento y se fijó un embargo por $ 300.000. Un año después (11 de octubre de 2011) la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó la medida, y luego la Fiscalía requirió la elevación a juicio. Entretanto, los apoderados de las víctimas formalizaron una demanda civil que provocó que los plazos se extendieran más de la cuenta, retrasando la resolución de la causa penal.


Finalmente el 14 de diciembre pasado se realizó la audiencia de juicio abreviado, a la que asistió Cargnelutti junto a su defensor y la fiscal auxiliar Jimena Caula, quienes rubricaron el acuerdo que fue aceptado por el tribunal y pasó a fallo.


“Imprudente y negligente”


En su resolución del 1° de febrero, la jueza María Ivón Vella, repasó las declaraciones de los testigos y víctimas del episodio, de las cuales se desprende que el acusado condujo la lancha “en forma imprudente y negligente” y que se encontraba con “cierta euforia y exaltado”. Además, destacaron que las condiciones de navegabilidad eran “muy buenas”, y que la embarcación en que viajaban en poco tiempo alcanzo la “máxima velocidad” hasta colisionar contra el buque.


Uno de los ocupantes de la lancha, un conocido periodista de Reconquista que se encontraba cubriendo el evento deportivo, dijo en sede judicial que “por la forma en que estaba puesto el acelerador íbamos a máxima velocidad”. En su declaración, recordó que sólo uno de los cinco que iba en la lancha evitó el impacto tirándose al agua. “Escuché que el chico que se tira, grita ‘guarda’, y ahí levanto la cabeza y teníamos el barco adelante, y se produjo el accidente”.


Para el tribunal, el autor “no observó los reglamentos de la navegación, en virtud de carecer de autorización para conducir por parte del propietario de la lancha, como así también por no contar con la habilitación administrativa correspondiente para timonearla”, según narra la sentencia publicada la semana pasada por el Centro de Información Judicial (CIJ). “Del mismo modo se ha corroborado que actuó con negligencia e imprudencia, violando el deber de cuidado que debía prestar en dicho contexto-, al pilotear a excesiva velocidad la embarcación” que terminó dando contra el guardacostas de Prefectura.

Deslizamiento


Un informe elaborado por la Prefectura Naval Argentina señala que la lancha que impactó contra el guardacostas Río Quequén “se desplazaba a velocidad de deslizamiento”. Los peritos explicaron que “la velocidad de deslizamiento atiende aquellas situaciones de navegación que superan la velocidad de planeo, con una sustentación dinámica a pleno”. En el caso puntual, “la embarcación se hallaba fuera del agua, salvo una mínima parte en popa (parte trasera de la lancha), disminuyendo la superficie expuesta a la fricción. En esta condición la lancha avanza completamente elevada sobre la superficie del agua, impidiendo conducirla o gobernarla normalmente; en consecuencia al accionar el timón para variar el rumbo continuará en la misma dirección de avance, patinando lateralmente sin responder al cambio deseado el timón”.

Contexto y heridos


En los considerandos del fallo, la jueza María Ivón Vella puso de resalto “el contexto en el cual ocurrió el ilícito penal”, esto es, “durante la largada de una competencia de pesca de gran importancia a nivel nacional, en la que se encontraban participando innumerable cantidad de embarcaciones con pescadores a bordo. Dicho marco no era ajeno al conocimiento de Cargnelutti quien, en tal circunstancia, debió prever el potencial riesgo que desarrollaba mediante su conducta al conducir la lancha a extrema velocidad y en forma temeraria- tanto para la seguridad en el transporte como así también para su integridad física y la de terceros”, destacó.


En cuanto a las consecuencias del choque, sostuvo que “existe una relación directa entre el naufragio y las lesiones sufridas por tres tripulantes de la embarcación”. Uno de ellos “sufrió traumatismos con pérdida de conocimiento, fractura expuesta de hombro izquierdo y fractura de mandíbula”; el segundo fue internado como “politraumatismos severos, traumatismo de cráneo con herida cortante en región occipital, fractura de ambos hombros y traumatismo de tórax con probable fractura costal”, y el último terminó con una “fractura expuesta de miembro inferior izquierdo”.

El momento del choque

#TEMAS:
Judiciales

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