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Por secuestro, tortura y robos

La Corte Suprema de la Nación dejó firme las condenas para dos policías del Comando de la Costa

Llegaron en queja hasta la máxima instancia judicial del país, donde en voto unánime, los ministros desestimaron el planteo. Se trata de una causa emblemática en la que la Justicia santafesina puso coto a una banda de uniformados.

La Corte Suprema de la Nación dejó firme las condenas para dos policías del Comando de la CostaLa Corte Suprema de la Nación dejó firme las condenas para dos policías del Comando de la Costa

Lunes 10.2.2025
 9:01
 / 
Actualizado al Lunes 10.2.2025 21:51hs
Juliano Salierno
Juliano Salierno

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), en votación unánime, dejó firme las condenas para dos ex policías de la provincia de Santa Fe que, en actividad, cometieron junto a otros seis uniformados, más de medio centenar de delitos contra vecinos de la ciudad de San José del Rincón y Colastiné, en la zona de la costa de la capital provincial.

La investigación se inició en noviembre de 2017. Foto: Archivo

Se trata de Ariel Alejandro Sanabria (48) y Exequiel Maximiliano Mendicino (38), quienes deberán purgar penas de 15 y 10 años de prisión por una larga lista de delitos que incluyen “amenazas coactivas, privación ilegítima de la libertad, vejaciones, apremios ilegales y severidades, falsificación ideológica de documento público, robo calificado por ser cometido por personal policial y tortura”.

Los ministros de la Corte nacional, Horacio Rosatti, Carlos Ronsekrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimaron el recurso de queja interpuesto por el abogado Jorge Qüesta y de esa manera dejaron firme la sanción penal para ambos.

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El Alto Tribunal destacó que “que el recurrente no cumplió con los requisitos previstos en los arts. 4° y 7°, incisos a b y d, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por lo que corresponde desestimar la presente queja”. Así firmaron los ministros el pasado 6 de febrero en forma conjunta.

Tortura en democracia

El caso será recordado como el primer juicio oral y público en la provincia de Santa Fe, donde se condenó a integrantes de la fuerza de seguridad por el delito de tortura en democracia.

Los fiscales Hernández y Jiménez, durante el juicio celebrado en 2021. Foto: Flavio Raina/Archivo

El derrotero judicial se inició allá por noviembre de 2017, cuando la Unidad Especial de Delitos Complejos, cargo de los fiscales Ezequiel Hernández y Mariela Jiménez, comenzó a registrar denuncias que apuntaban a ocho policías que cumplían funciones en el Comando Radioeléctrico de la Costa.

Si bien la causa llegó a juicio oral a comienzos de 2021, antes, seis de los ocho acusados aceptaron su culpabilidad bajo la modalidad de juicio abreviado.

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Se trata de la subcomisario Nadia Lucrecia Soperez (8 años y 6 meses de condena); Luis Exequiel Gómez y Claudio Javier Núñez (condenado a 8 años); Juan Emilio Torres (5 años de prisión); y Claudio Cerf y Gabriela Cerf (3 años de cumplimiento condicional).

Los únicos que prefirieron llevar el caso a juicio oral fueron Sanabria y Mendicino, quienes en primera instancia tuvieron un fallo que, en relación a sus pares, les resultó favorable.

Juicio oral

El viernes 5 de marzo de 2021, luego de un mes de debate oral por el que pasaron unos 130 testigos, los jueces Susana Luna, Rodolfo Mingarini y Pablo Ruiz Staiger condenaron a los policías Sanabria y Mendicino a penas ostensiblemente menores que las reclamadas por la fiscalía.

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Condenas a 2 y 6 años y medio en el juicio al Comando de la Costa

Sanabria fue condenado a 6 años y medio de prisión y Mendicino a 2 años de cumplimiento efectivo; y como llevaba más de tres años en prisión preventiva se dispuso su libertad.

En ese entonces, ninguno de los hechos imputados como "tortura" por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) fue acreditado por el tribunal. La fiscalía había pedido 12 años para Mendicino y 18 para Sanabria.

La primera condena fue apelada por fiscalía y querella. Foto: Flavio Raina/Archivo

Es más, Mendicino fue absuelto en 25 de los 26 delitos de los que se lo acusaba, y Sanabria, acusado de haber cometido 50 hechos, fue condenado como coautor de 32.

A Mendicino se lo consideró autor el delito de "severidades" en perjuicio de una de las víctimas, mientras que Sanabria fue condenado como coautor de 5 hechos de "allanamiento ilegal", 4 hechos de "falsedad ideológica en instrumento público", "vejaciones" a 3 víctimas, "severidades" contra 9 víctimas, 4 hechos de "amenazas", 6 hechos de "privación ilegítima de la libertad" y "apremios ilegales".

Segunda instancia

La sentencia fue apelada, tanto por los fiscales Hernández y Jiménez del MPA, como por las abogadas Vivian Galeano y Laura Gerard de la Oficina de Asistencia a la Víctima del Centro de Asistencia Judicial de la provincia (CAJ).

El 29 de octubre de 2021, tras una audiencia ante el Colegio de Jueces de Segunda Instancia de Santa Fe, los camaristas Fernando Gentile Bersano, Roberto Prieu Mántaras y Alejandro Tizón confirmaron la condena y aumentaron las penas.

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"Apelamos el fallo de primera instancia porque entendimos que lo resuelto no reflejaba la gravedad del accionar ilícito de los dos policías investigados", señalaron los fiscales años atrás.

Entonces la Cámara resolvió elevar a 12 los años de condena para Mendicino y 18 para Sanabria, más inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos. Allí aparecieron las figuras legales de vejaciones y tortura, tal y como lo relataron las víctimas y la fiscalía.

Los fiscales a cargo de la investigación explicaron que "los agentes policiales insertaban declaraciones falsas en las actas de procedimiento luego de cometer los delitos, con la clara intención de ocultar los ilícitos que habían cometido". Además, sostuvieron que las víctimas eran "personas muy vulnerables”, que “sin embargo, cumplieron y brindaron sus testimonios" en el juicio oral.

Apelación horizontal

Como la reversión del fallo de primera instancia implicaba penas más altas, la defensa de los condenados realizó lo que se denomina una “apelación horizontal”, debiendo dirimir la cuestión otro tribunal de jueces de segunda instancia.

Así, el 23 de junio de 2022 el Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Santa Fe, en esta oportunidad conformado por los camaristas Enrique Álvarez, Fabio Mudry y Roberto Reyes confirmó parcialmente la sentencia.

A Sanabria le bajaron 3 años, quedando la condena en 15; y a Mendicino le bajaron 2, dejando la sanción en 10 años.

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No obstante, los camaristas ratificaron la teoría fiscal que señalaba a la denominada “patota” de la Costa con un modus operandis recurrente: ingresaban de forma ilegal a las casas, privaban de la libertad a quienes estaban allí sin motivo, los agredían y les robaban sus pertenencias.

Para lograr su cometido los policías solían golpear y amenazar a las víctimas, y en “ciertos casos, tales prácticas llegaron a ser torturas”, según indicaron los fiscales.

En un tramo del fallo de Cámara, el Dr. Mudry señala que la descripción del accionar delictivo de Sanabria y Mendicino revela tanto la "violencia extrema" a la que sometieron a otras personas como la "experiencia y verdadera experticia de los agentes del orden involucrados en el ejercicio abusivo e injustificado de la fuerza pública".

El Dr. Álvarez por su parte describió como “causas armadas” las actas que redactaban en base a declaraciones falsas, a fin de ocultar la ilegalidad de su conducta.

Un dato no menor que destacaron los magistrados santafesinos fue que todo ello ocurría con los conocimientos y las herramientas de trabajo que les proveyó el Estado, atacando la integridad de víctimas mujeres, niños y personas con discapacidad y su propiedad.

Finalmente Sanabria resultó condenado como coautor de los delitos de tortura (cuatro hechos); vejaciones (dos hechos); robo calificado (por haber sido cometido por un policía); hurto calificado (por haber sido perpetrado por un integrante de la fuerza de seguridad); allanamiento ilegal (cinco hechos), y falsificación ideológica de instrumento público.

Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti rechazaron el recurso de queja intentado por la defensa. Foto: Archivo

Por su parte, a Mendicino se le endilgó la coautoría de tortura (dos hechos); vejaciones; apremios ilegales; privación ilegítima de la libertad (siete hechos); robo calificado (por haber sido cometido por un agente policial); allanamiento ilegal (siete hechos), y falsificación ideológica de instrumento público (cuatro hechos).

Finalmente el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe que rechazó el recurso de queja de la defensa. Sobre esa decisión, se llegó al máximo tribunal de Justicia de la Nación que ahora dejó firme las condenas a 15 y 10 años.

La Corte, entendió que había que desestimar la queja por incumplimiento del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 sobre formalismos en torno a la presentación.

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