El músico santafesino Fabián Alejandro Rosa fue condenado este martes a seis años de prisión efectiva por haber transmitido el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) a dos mujeres que fueron sus parejas en la ciudad de Santa Fe.
El hombre fue sentenciado a seis años de prisión de cumplimiento efectivo.

El músico santafesino Fabián Alejandro Rosa fue condenado este martes a seis años de prisión efectiva por haber transmitido el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) a dos mujeres que fueron sus parejas en la ciudad de Santa Fe.
La sentencia fue emitida por el juez Nicolás Falkenberg en un juicio de procedimiento abreviado, en los Tribunales de la capital provincial.
En un acuerdo logrado con el fiscal del caso, Omar De Pedro, el investigado aceptó su responsabilidad por "lesiones graves por debilitación permanente de la salud y por poner en peligro la vida de la víctima agravada por la relación de pareja, y contagio de enfermedad venérea de transmisión sexual".
Ya en la audiencia de prisión preventiva, a mediados del año pasado, el músico había aceptado su responsabilidad y pedido disculpas a las víctimas, a sus familias y a los amigos.
De Pedro logró determinar que Rosa sabía que era portador de VIH desde 2010, antes de formar pareja con las mujeres contagiadas. Con una de ellas tuvo relación entre 2011 y 2013; y con la otra entre 2014 y 2020.
Fue la última quien, durante la relación, al realizarse un chequeo médico, descubrió que tenía VIH y se lo contó a él para que se realizara un análisis. Los resultados mostraron que el músico tenía la enfermedad, y que la misma estaba muy avanzada. Ella lo instó a que se comunicara con su expareja, a quien meses más tarde -y por insistencia de ella- le informó de la situación.
En ambos casos, durante los noviazgos, el músico mantuvo relaciones sexuales con las mujeres sin utilizar preservativo y sin haberles dicho que era portador de VIH. Una de las mujeres denunció que durante el tiempo que duró su relación con Rosa, "en reiteradas ocasiones él se quitaba el profiláctico cuando ella no podía advertirlo, a pesar de saber que ella pretendía hacerlo con esa protección".
El funcionario del Ministerio Público de la Acusación aseguró en el proceso que la salud de las víctimas se vio debilitada y, con su accionar, el hombre "puso en peligro sus vidas por falta de tratamiento médico".
Entre las evidencias con las que cuenta De Pedro se encuentra la copia de un certificado de análisis de laboratorio que data de 2010, y un expediente con "testimonios y certificados que evidencian que sabía de su enfermedad al menos desde 2010".
Actualmente, la salud de las víctimas es óptima gracias al tratamiento médico.
Según trascendió, podría tratarse de la primera condena que se dicta en el país referida a la Ley N.º 12.331 de Profilaxis Antivenérea.




