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ECONOMÍA

Default selectivo

Gobierno posterga pagos de deuda en dólares pendiente de este año

Son bonos emitidos bajo la legislación local por alrededor de u$s 10 mil millones. La decisión está fundada en la crisis sanitaria que vive el mundo.

Gobierno posterga pagos de deuda en dólares pendiente de este añoGobierno posterga pagos de deuda en dólares pendiente de este año

Lunes 6.4.2020
 17:57

El Gobierno, mediante un decreto, dispuso diferir los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de la deuda pública nacional instrumentada mediante títulos en dólares emitidos bajo ley de la República Argentina hasta el 31 de diciembre de 2020.

La fecha podría ser anterior si así lo determina el Ministerio de Economía “considerando el grado de avance y ejecución del proceso de restauración de la sostenibilidad de la deuda pública”.

Esta decisión del gobierno nacional ya es considerada como un default selectivo.

Lo dispuesto por el Gobierno nacional fue publicado en el Boletín Oficial, a través del decreto 346/2020 con fecha del domingo 5 de abril.

En el texto del decreto se destaca que “la crisis sanitaria mundial generada por la pandemia del coronavirus COVID-19 ha alterado los plazos previstos oportunamente en el ‘Cronograma de acciones para la gestión del Proceso de Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Externa’”.

“Que a este contexto de deterioro de la situación económica y social, producto de la emergencia sanitaria, se le adiciona la inminencia de próximos vencimientos de los servicios de la deuda pública del Gobierno Nacional emitida bajo ley de la República Argentina y denominada en dólares estadounidenses”, explica el texto oficial.

Y agrega que “a presente medida se ajusta a la razonabilidad que exige el ejercicio responsable de la función de gobierno”.

Por esos motivos, mediante un decreto que lleva la firma de todo el gabinete, el Gobierno determinó la postergación de los pagos de los servicios e intereses de la deuda.

Del decreto se decidió exceptuar del diferimiento a los siguientes instrumentos de deuda pública emitidos bajo ley de la República Argentina denominados en dólares estadounidenses:

1- Letras intransferibles denominadas en dólares estadounidenses en poder del Banco Central de la República Argentina, incluidas aquellas emitidas en el marco del artículo 61 de la Ley N° 27.541, y Letras suscriptas en forma directa por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentina de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

2- Letras emitidas en virtud del Decreto N° 668/19.

3- Letras del Tesoro emitidas mediante la Resolución Conjunta N° 57/19 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

4- Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses emitidas mediante la Resolución Conjunta N° 17/18 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

5- “Bonos Programas Gas Natural” emitidos mediante la Resolución Conjunta N° 21/19 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

6- Letras del Tesoro en Garantía emitidas mediante la Resolución N° 147-E/17 del ex Ministerio de Finanzas y la Resolución Conjunta N° 32/18 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

Además, en el decreto se autoriza al Ministerio de Economía “a efectuar las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los títulos cuyos pagos se difieren en virtud de lo establecido en el presente, con el fin de recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, la que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos, de acuerdo con lo previsto en el inciso a) del artículo 2° de la Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública”.

Guzmán: “Esta decisión estaba contemplada”

El ministro de Economía, Martín Guzmán, aseguró esta noche que la decisión de prorrogar hasta el año próximo el pago de la deuda pública “estaba contemplada” en el proceso de reestructuración decidido por el gobierno nacional.

“Está decisión constituye un paso que estaba contemplado en el proceso de restauración de la sostenibilidad de la deuda pública”, precisó Guzmán a Télam.

El titular del Palacio de Hacienda subrayó que desde el Gobierno se apunta “a un tratamiento equitativo para la deuda pública en dólares bajo la ley argentina y las leyes extranjeras”.

El gobierno nacional postergó hasta 2021 los pagos de la deuda pública en dólares correspondientes a este año, como consecuencia de la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus, a través del decreto de necesidad y urgencia 346 publicado en el Boletín Oficial.

“Default técnico”

El economista Daniel Marx consideró este lunes que la Argentina cayó en un “default técnico” al postergar pagos de deuda por 10 mil millones de dólares, y aseguró que en el país “había una crisis antes y ahora se vino otra crisis” por la cesación de pagos. “Se trata de un incumplimiento del contrato original, que algunos lo llamarán default, otros default técnico y otros lo dejarán pasar de largo. Para mí, es un default técnico”, sostuvo el ex secretario de Finanzas.

Lo dispuesto por el Gobierno nacional fue publicado en el Boletín Oficial, a través del decreto 346/2020 con fecha del domingo 5 de abril.

En el texto del decreto se destaca que "la crisis sanitaria mundial generada por la pandemia del coronavirus COVID-19 ha alterado los plazos previstos oportunamente en el 'Cronograma de acciones para la gestión del Proceso de Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Externa'".

"Que a este contexto de deterioro de la situación económica y social, producto de la emergencia sanitaria, se le adiciona la inminencia de próximos vencimientos de los servicios de la deuda pública del Gobierno Nacional emitida bajo ley de la República Argentina y denominada en dólares estadounidenses", explica el texto oficial.

Y agrega que "a presente medida se ajusta a la razonabilidad que exige el ejercicio responsable de la función de gobierno".

Por esos motivos, mediante un decreto que lleva la firma de todo el gabinete, el Gobierno determinó la postergación de los pagos de los servicios e intereses de la deuda,.

Del decreto se decidió exceptuar del diferimiento a los siguientes instrumentos de deuda pública emitidos bajo ley de la República Argentina denominados en dólares estadounidenses:

1- Letras intransferibles denominadas en dólares estadounidenses en poder del Banco Central de la República Argentina, incluidas aquellas emitidas en el marco del artículo 61 de la Ley N° 27.541, y Letras suscriptas en forma directa por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentina de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

2- Letras emitidas en virtud del Decreto N° 668/19.

3- Letras del Tesoro emitidas mediante la Resolución Conjunta N° 57/19 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

4- Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses emitidas mediante la Resolución Conjunta N° 17/18 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

5- "Bonos Programas Gas Natural" emitidos mediante la Resolución Conjunta N° 21/19 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

6- Letras del Tesoro en Garantía emitidas mediante la Resolución N° 147-E/17 del ex Ministerio de Finanzas y la Resolución Conjunta N° 32/18 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

Además, en el decreto se autoriza al Ministerio de Economía "a efectuar las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los títulos cuyos pagos se difieren en virtud de lo establecido en el presente, con el fin de recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, la que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos, de acuerdo con lo previsto en el inciso a) del artículo 2° de la Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública".

Con información de NA

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