La Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso que el ex comisario de Pinamar Alberto Gómez debe cumplir la pena de prisión perpetua que se le impuso en el segundo juicio que se realizó por el asesinato del fotógrafo José Luis Cabezas.
Según el fallo al que accedió Télam, el máximo tribunal de la provincia revocó una sentencia de la sala primera del Tribunal de Casación que había disminuido a 24 años la pena dictada en 2002 contra ‘La Liebre‘ Gómez, condenado por haber liberado la zona para que asesinaran al reportero gráfico de la revista Noticias.
Voto a voto
Con los votos de los ministros Hilda Kogan, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani y Juan Carlos Hitters, la Corte dejó sin efecto la decisión de Casación de haber reformado el modo en que se debían tener por acreditados los hechos que culminaron con el crimen de Cabezas y la calificación legal de las conductas atribuidas a Gómez.
Para los jueces de Casación, Gómez había incurrido en ‘privación ilegítima de la libertad calificada por el uso de violencia en concurso real con el de homicidio simple‘ y el móvil del crimen había sido ‘el resultado de un complot para matarlo en condiciones y circunstancias susceptibles de infundir temor a la sociedad‘.
Para arribar a esa conclusión, tomaron en cuenta un decreto dictado por el entonces gobernador, Eduardo Duhalde, quien consideró que el hecho había sido cometido ‘con el deliberado propósito de conmocionar, buscando además lesionar la estabilidad del sistema mediante un ataque directo a un hombre de prensa‘.
Cabezas fue asesinado el 25 de enero de 1997 en una cava de las afueras de la ciudad de General Madariaga, luego de ser secuestrado en Pinamar, adonde había sido enviado por la revista Noticias para cubrir la temporada de verano.
En el juicio, se dio por probado que los horneros secuestraron a Cabezas en un operativo coordinado por los ex policías y que Prellezo lo asesinó de dos balazos e incendió su cuerpo instigado por Ríos, debido a que la víctima había fotografiado en la playa a Yabrán, cuyo rostro era hasta ese momento desconocido.
Yabrán no pudo ser juzgado como autor intelectual porque el 20 de mayo de 1998 se suicidó momentos antes de ser detenido en una estancia del sur de Entre Ríos.
Fuente: Télam
































