+ SECCIONES
El Litoral
BUSCAR
EL LITORAL
  • Todos los Títulos
  • Área Metropolitana
  • Sucesos
    • Santa Fe Policiales
  • Deportes
  • Política
    • Filtrado
  • Economia
    • Puerto negocios
    • Dolar Hoy
  • Educación
  • Salud
  • Información General
  • Clima
  • Regionales
  • Campolitoral
  • Internacionales
  • Actualidad Sabalera
  • Actualidad Tatengue
  • Arte
  • Necrológicas
  • Edición Impresa
  • Especiales
  • Contenido Patrocinado
  • Clasificados
  • Agenda Cultural
  • Podcast
  • Servicios
  • Radios en vivo
  • Sitios
    • Mirador Provincial
    • Vivi Mejor
    • Notife
    • Sur 24
    • Revista Nosotros
    • Puerto Negocios
    • CyD Litoral
    • Educación SF
    • Norte 24
  • Escenarios & Sociedad
    • Show
  • Videos
  • Multimedia
    • Galerías de Fotos
    • Videos
    • Webstories
  • Opinión
  • Quienes Somos
  • Autores
  • Temas
  • Alianzas
  • Comercial EL

#HOY:

Maximiliano Pullaro
Javier Milei
Colón
Unión
San Cristóbal

POLÍTICA

Covid-19 en Santa Fe

Cuarentena 2021: los esenciales para circular y las actividades permitidas

Nación emitió el DNU y provincia adhirió. Como se había anticipado, la circulación sólo para trabajadores esenciales o cuestiones de fuerza mayor. No hay clases bajo ninguna modalidad. Los detalles de la medida.

Cuarentena 2021: los esenciales para circular y las actividades permitidasCuarentena 2021: los esenciales para circular y las actividades permitidas

Sábado 22.5.2021
 18:11
Seguinos en

Desde las 0 de este sábado comenzó a regir el confinamiento (así lo llamó Alberto Fernández) dispuesto por el gobierno nacional y al que la provincia de Santa Fe adhirió. Esta cuarentena versión 2021 en principio está dispuesta hasta el 30 de mayo y cómo se argumentó busca reducir la cantidad de contagios y llevar un poco de alivio al tensionado sistema de salud.

La principal medida es la restricción a la circulación vehicular en la vía pública durante todos los días de la semana, desde la cero (0) hora y hasta las veinticuatro (24) horas; sólo podrán hacerlo quienes sean considerados trabajadores exceptuados.

Sólo pueden abrir sus puertas los comercios (mayoristas y minoristas) de venta de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias (en este caso sin perjuicio del sistema de turnos de guardia), ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas. Bajo los siguientes protocolos:

Abiertos al público, en el horario de seis (6) a dieciocho (18) horas;

Cumplimentando las reglas generales de conducta y ocupación que no supere el treinta por ciento (30%);

Debiendo en todos los casos los clientes concurrir a los locales de cercanía

El resto de los establecimientos comerciales de otros rubros y productos, sólo podrán realizar actividad comercial a través de plataformas de comercio electrónico y venta telefónica. Siempre evitando el contacto personal con clientes, salvo la entrega o retiro (entre las 6 y las 18).

Tampoco podrán abrir sus puertas los locales gastronómicos. Están permitidos a trabajar sin habilitar la concurrencia de comensales, solo en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que se realicen en locales de cercanía.

Tenés que leer

Permisos para circular: cómo tramitarlos por las apps "Cuidar" y "Covid-19 Provincia de Santa Fe"

Todas las personas exceptuadas conforme este artículo deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que las habilite a circular y, en su caso, al uso de transporte público. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.

Excepciones con transporte público

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.


2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.


3. Miembros del Poder Legislativo y las dotaciones de personal que dispongan sus autoridades respectivas. Integrantes de la Corte Suprema de Justicia y las dotaciones de personal del Poder Judicial que dispongan las autoridades correspondientes.


4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.


5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.


6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.


7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.


8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.


9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.


10. Personal afectado a la obra pública y a tareas de seguridad en demoliciones.


11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.


12. Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa Nacional N° 429/20.


13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.


14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.


15. Actividades vinculadas con el comercio exterior.


16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.


17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.


18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.


19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.


20. Servicios de lavandería.


21. Servicios postales y de distribución de paquetería.


22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.


23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.


24. Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA autorice. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos. Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y la de sus regulados en caso de resultar necesario.


25. Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas.


26. Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa Nacional N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.


27. Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.


28. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Guardias médicas y odontológicas. Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.


29. Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.


30. Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES- en los términos de la Decisión Administrativa Nacional N° 810/20, artículo 2°, inciso 1. Personal de aduanas.


31. Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompañante, si fuere necesario.

Excepciones sin transporte público


1. Industrias que se realicen bajo procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.


2. Retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía.


3. Producción y distribución de biocombustibles.


4. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear, en los términos de la Decisión Administrativa Nacional N° 450/20.


5. Servicios esenciales de sanitización, mantenimiento, fumigaciones y manejo integrado de plagas.


6. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera. Actividades vinculadas a la protección ambiental minera.


7. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.


8. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.


9. Personas que deban trasladarse para realizar viajes al exterior.


10. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro. En ningún caso podrán abrir sus puertas al público. Todo ello conforme la Decisión Administrativa Nacional N° 524/20.


11. Industrias que realicen producción para la exportación.

Seguinos en

#TEMAS:
Omar Perotti
Alberto Fernández
Edición Impresa
Tapa
Coronavirus
Mirador Provincial
Restricciones en Santa Fe

Además tenés que leer:

  • Boletín Oficial Santa Fe adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia del gobierno nacional
  • Coronavirus en Argentina Es oficial: publicaron el decreto con las nuevas restricciones
  • Nuevas restricciones Permisos para circular: cómo tramitarlos por las apps "Cuidar" y "Covid-19 Provincia de Santa Fe"
TENES QUE SABER
Con cuatro partidos continúa la fecha 15 del Torneo Apertura
Comienza el ciclo "Música en el Mercado" 2026 con una potente grilla regional
Madelón: “Estoy abierto a cambiar, ya sea el sistema o los jugadores”
Investigan al encargado de un tradicional bar de Esperanza por el desvío de 20 millones de pesos
El TC desembarca en Concepción del Uruguay para una fecha clave del campeonato

Te puede interesar:


  • El Congreso de Educación, de interés para el Concejo
  • Ucrania ataca la flota rusa y amplía su ofensiva con drones
  • Argentina derrotó a Fiji y está entre los cuatro mejores en Hong Kong
  • "Un sueño hecho realidad": Colapinto y su show en Buenos Aires
  • Alec Baldwin a juicio civil por negligencia: un juez rechazó sus alegaciones y el proceso iniciará en octubre
  • Con cuatro partidos continúa la fecha 15 del Torneo Apertura
  • Comienza el ciclo "Música en el Mercado" 2026 con una potente grilla regional
  • Madelón: “Estoy abierto a cambiar, ya sea el sistema o los jugadores”

Política

860 operaciones en el primer trimestre Santa Fe consolida su liderazgo logístico: más de 1,2 millones de toneladas
Proponen citar a autoridades de municipios Cuidacoches en Santa Fe: en Diputados quieren tener un cuadro de situación antes de legislar
Casa Rosada La mesa política acordó impulsar una alternativa a la Emergencia en Discapacidad
Tras la suspensión de más de 80 artículos El Gobierno nacional va a la Corte para restablecer la reforma laboral
¿Concesiones provinciales? Enrico es cauto ante el decreto que permitirá a Santa Fe actuar en rutas nacionales abandonadas

Área Metropolitana

Santa Fe El Congreso de Educación, de interés para el Concejo
Congregación en Santa Fe Peregrinación de Guadalupe: los fieles comienzan a movilizarse por la Virgen
Memorias de Santa Fe Raimundo Grasso, el músico santafesino que introdujo la “onda eléctrica” al tango
Pronóstico incierto hacia fin de año Ante un posible “Niño”, la ciudad de Santa Fe refuerza la prevención hídrica y advierte sobre obras pendientes
Clima Qué dice el pronóstico de este sábado en la ciudad de Santa Fe

Sucesos

Detrás de la barra Investigan al encargado de un tradicional bar de Esperanza por el desvío de 20 millones de pesos
Santa Fe Allanamientos a “kioscos de drogas” en barrio La Ranita
Santa Fe Una pelea entre presos de la Comisaría 9a terminó con uno de ellos en el hospital
En investigación Pareja muerta en Rosario: la hipótesis más firme es femicidio y suicidio
Departamento San Jerónimo Allanamientos por microtráfico de drogas en Barrancas e Irigoyen

Información General

Panorama astrológico Horóscopo de hoy 18 de abril de 2026
"Kokushobi" Japón le puso nombre a los días con más de 40 grados de temperatura
Investigación en Reino Unido Mirar fotos y videos de comida en las redes sociales podría reducir el hambre real
Comunicado "Cuadro delicado": informaron el estado de salud de Luis Brandoni
Desarrollos urbanos Ahorristas de Pilay reclaman la entrega de departamentos y la empresa fundamenta los tiempos de las adjudicaciones
El Litoral
  • Campolitoral
  • Revista Nosotros
  • Clasificados
  • CYD Litoral
  • Podcasts
  • Mirador Provincial
  • Viví Mejor
  • Puerto Negocios
  • Notife
  • Educacion SF
Hemeroteca Digital (1930-1979) - Receptorías de avisos - Administración y Publicidad - Elementos institucionales - Opcionales con El Litoral - MediaKit
El Litoral es miembro de:
adepa.org.ariab.comadira.org.ar
afip.gob.ar