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Necesita apoyo de los gobernadores

El debate que viene: el gobierno busca por tercera vez la reforma electoral

Entre otros puntos, dispone la eliminación de las PASO, cambios en el financiamiento de las campañas y aumento del umbral de avales para reconocimiento nacional de los partidos. También modifica una ley de reciente sanción.

El debate que viene: el gobierno busca por tercera vez la reforma electoral

El debate que viene: el gobierno busca por tercera vez la reforma electoral

Sábado 11.7.2026
 7:15hs
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Nancy Balza
Por: 
Nancy Balza
|
Política

El 22 de abril ingresó al Senado Nacional el Proyecto de Ley de Reforma Electoral Integral (Mensaje 110/26) enviado por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), que introduce modificaciones estructurales respecto al régimen electoral vigente.

En realidad es el tercer intento del gobierno nacional por modificar el régimen electoral: el primero fue en el marco de la Ley de Bases que ingresó al Congreso en diciembre de 2023 y se aprobó con numerosos cambios en 2024.

El segundo fue ese mismo año cuando el PEN impulsó en el Congreso la eliminación de las PASO y logró la suspensión transitoria para 2025. En octubre del año pasado se eligieron senadores y diputados nacionales sin esa instancia intermedia.

En la justificación de esta nueva iniciativa, que lleva la firma del presidente Javier Milei junto a la del entonces jefe de Gabinete Manuel Adorni y su actual reemplazante Diego Santilli (hasta hace pocos días, ministro del Interior) se afirma que “busca fortalecer la democracia, aumentar la representatividad, transparentar el régimen de financiamiento de los partidos políticos y establecer un marco suficiente que asegure de forma efectiva el ejercicio de derechos electorales por parte de los argentinos”.

El gobierno nacional logró suspender las PASO para las legislativas de 2025. Ahora procura su eliminación. Foto: Archivo.

El proyecto se basa en seis ejes: la reforma del Régimen de Partidos Políticos; la reforma de la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral (ley N° 26.571 y sus modificatorias); la modificación del sistema de financiamiento de los partidos políticos; la reforma del régimen de elección de Parlamentarios del Mercosur; la adecuación del régimen de simultaneidad de elecciones nacionales y provinciales, y la incorporación del Régimen de Ficha Limpia.

Uno de los puntos en los que hace hincapié el proyecto es en la reforma a la Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298, con el objetivo de “garantizar un sistema de genuina representación democrática y dejar atrás una serie de prácticas que debilitan tanto a la dinámica política como a las instituciones republicanas”.

El presidente Javier Milei abrió, de manera directa o a través de su nuevo jefe de Gabinete, una instancia de diálogo con gobernadores aliados. Los necesita para avanzar con reformas legislativas. Foto: Archivo.

En el país tienen reconocimiento jurídico 45 partidos en el orden nacional, superando a países de la región (en México son 6; en Panamá 8; en Bolivia, 11; en Brasil, 30, a modo de ejemplo).

Además, al 31 de marzo de este año tenían reconocimiento jurídico 714 partidos políticos de distrito, los cuales están facultados para presentar candidaturas para acceder al Congreso Nacional. “Este proyecto ofrece una respuesta consistente que busca dejar atrás las prácticas nocivas que han socavado los mecanismos de representación política, sin que ello implique de ningún modo un menoscabo a la libertad de asociación política garantizada por nuestra Constitución Nacional (…)”, aclara.

La manera en que se busca “limpiar” la oferta electoral será tema de arduo debate: aumentan los requisitos para lograr reconocimiento como partido distrital y nacional. Para los partidos políticos, eleva el piso de votos al 3 %, duplica los avales requeridos y requiere la presencia en un mínimo de 10 distritos para ser reconocido como nacional. La representación actual es en un mínimo de 5 distritos y 2 % de los votos en dos elecciones sucesivas.

Sin PASO y con BUP

En tanto, los cambios propuestos a lo largo de casi 80 artículos, cuyo debate arranca en la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado, incluyen la derogación de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias que se celebraron por primera vez en 2011. Según el proyecto oficial, cada partido o alianza define la selección de candidaturas de manera interna según su carta orgánica.

En octubre de 2024 la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley la Boleta Única Papel que se utilizó en todo el país en las legislativas de octubre. Ahora se proponen cambios. Foto: Archivo

En segundo lugar, se introducen cambios a la Boleta Única de Papel (BUP), sancionada hace muy poco: el 1° de octubre de 2024 (y debutó en las legislativas de 2025) para implementarse en categorías federales, regulando un diseño unificado. Ahora se propone modificar su formato e incluir casillero en blanco y opciones de voto por lista completa (incisos 9 y 10 del art. 25).

Financiamiento y Ficha Limpia

Uno de los temas que mayor debate genera es el sistema de financiamiento de la campaña electoral: hasta ahora es mixto con fuerte base estatal, prohibición de aportes de personas jurídicas (empresas) y topes bajos de financiamiento privado.

Los cambios introducidos en el proyecto del PEN habilitan y legalizan los aportes de empresas y personas jurídicas, y eliminan algunos aportes estatales.

La figura de Ficha Limpia, que ya rige en varias provincias, incluida Santa Fe, y hasta ahora no logró ser aprobada en el Congreso, incorpora la inhabilitación para candidatos con condena en segunda instancia por delitos dolosos.

Tampoco podrán ser designadas para ejercer cargos partidarios las personas excluidas del Padrón Electoral como consecuencia de disposiciones legales vigentes, el personal superior y subalterno de las Fuerzas Armadas de la Nación y de Seguridad (de la Nación y las provincias) en actividad o en situación de retiro, cuando hayan sido llamados a prestar servicios.

Quedan excluidos magistrados y funcionarios permanentes del Poder Judicial de todas las jurisdicciones; los que desempeñaren cargos directivos o fueren apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas de Nación, provincias, CABA, municipalidades, etc.

La misma restricción alcanza a las personas con auto de procesamiento por genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, hechos de represión ilegal constitutivos de graves violaciones de derechos humanos, torturas, desaparición forzada de personas, apropiación de niños y otras violaciones graves de derechos humanos o cuyas conductas criminales se encuentren prescriptas en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional aprobado por la Ley N° 25.390 como crímenes de competencia de la citada Corte por hechos acaecidos entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983.

También abarca a personas condenadas por un delito doloso, en los casos en que la condena impuesta hubiera sido confirmada en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral, en que se hubiera confirmado la comisión de al menos uno de los delitos establecidos en la sentencia de primera instancia, aunque modifique la pena impuesta.

En caso de una condena confirmada en segunda instancia dictada con posterioridad al 1º de enero del año en que se llevaren a cabo las elecciones, el supuesto tendrá efecto a partir de la finalización de dicho proceso electoral.

Debate a voluntad

También avanza sobre el debate presidencial. La ley N° 27.337 establece la realización de dos debates obligatorios antes de las elecciones generales y uno adicional en caso de balotaje, tal como ocurrió en 2023 cuando el actual presidente Milei dirimió los votos con Sergio Massa.

El Congreso Nacional será escenario del plan refundacional del gobierno de Javier Milei, con la reelección presidencial como meta. Foto: Archivo.

Los cambios propuestos ahora suprimen de la legislación las penalidades y la obligatoriedad de asistencia a esa instancia. Es decir, no es una modificación taxativa, sino que está implícita en la modificación del Código Electoral Nacional, donde omite transcribir el texto obligatorio que penaliza con la quita de espacios publicitarios audiovisuales a los candidatos que se nieguen a debatir.

Además, se suprime el mandato legal que obligaba a la Cámara Nacional Electoral (CNE) a organizar estos encuentros institucionales, devolviendo la realización de los debates a un carácter puramente optativo y de negociación privada entre los equipos de campaña.

Todo estará sujeto a discusión, tanto como se habilite en las comisiones donde el oficialismo ocupa buena parte de las presidencias. Desde distintos sectores la recomendación es que, previo a su tratamiento en el recinto y eventual aprobación, se habilite un debate amplio que incluya a referentes partidarios, organizaciones de la sociedad civil y especialistas en temas electorales.

Mientras tanto, se conocen voces a favor y en contra (las PASO dividen aguas, el financiamiento despierta alertas) y es un hecho que el gobierno nacional aumentó el flujo (de diálogo) con mandatarios provinciales para lograr que la tercera sea la vencida.

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