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Por habilitar un local donde se ejercía la prostitución

Rébora, presidente comunal de Melincué, debió dejar su cargo

El hecho se remonta a 2012. Asimismo, la medida implica que el funcionario entregue el cargo antes de finalizar su mandato el próximo 10 de diciembre.

Rébora, presidente comunal de Melincué, debió dejar su cargoRébora, presidente comunal de Melincué, debió dejar su cargo

Jueves 26.10.2017
 19:52

Pablo Rodríguez

redaccion@miradorprovincial.com


La jueza de Sentencia, Lorena Garini, ordenó que se ejecute la condena impuesta al presidente comunal de Melincué, Gabriel Rébora, de pagar una multa de 10 mil pesos y no ejercer la función pública por el término de cinco meses, por haber habilitado un local donde se ejercía la prostitución, en 2012. La medida implica que el funcionario entregue el cargo antes de finalizar su mandato el 10 de diciembre.


Por estas horas, la comisión comunal analiza su posible sucesor, que podría llegar a ser Oscar Delfino o la vicepresidenta actual, Gisela Sacchetto, quien además es prima del recientemente electo, Andrés Sacchetto.


La medida judicial fue impuesta después de que la Corte Suprema de la provincia rechazara el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa, a cargo de Antonio Di Benedetto. Es en contra de la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Venado Tuerto, del 28 de marzo de 2017, que ratificó el fallo del juez de primera instancia en lo Penal y Correccional Nº 2, Jorge Gastonjáuregui.


A Rébora se lo encontró culpable como autor penalmente responsable del delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, por lo cual se lo condena a pagar una multa de 10 mil pesos y se lo inhabilita para ejercer el cargo de presidente comunal por el término de cinco meses. Además, fue rechazado el recurso de inconstitucionalidad planteado oportunamente.


Una causa de vieja data


Rébora había sido procesado en mayo de 2014 por incumplimiento de los deberes de funcionario público en el marco de una causa que se había iniciado en julio de 2012 por habilitar un prostíbulo llamado “Escorpio”, que funcionaba en las afueras de la localidad y que, según el fiscal de aquel momento, Jorge Pozzi, no tendría que haber tenido la habilitación comunal.


El presidente de ese distrito del sur santafesino había dicho, en mayo de 2014, que era víctima de una persecución política y personal, por parte de la Fiscalía de Cámara con asiento en Venado Tuerto. Así fue como en su momento apeló ese procesamiento.


El argumento de la Justicia para la condena es que se infringió la ley de profilaxis, o sea que se ejercía la prostitución y hay una normativa de municipios y comunas que impide a los mandatarios habilitar este tipo de lugares. En “Escorpio” se ejercía la prostitución, a pesar de que el comercio fue allanado por la justicia ordinaria y por la federal en julio de 2012, en una causa en la que se investigó la trata de personas.


En septiembre de 2012, el Juzgado Federal de Rosario a cargo de Marcelo Bailaque, que investigaba en forma paralela por eventual infracción a la ley de trata, verificó que en el lugar se ejercía de nuevo la prostitución. En ese marco, Gendarmería Nacional analizó diversas escuchas telefónicas que comprobarían el presunto vínculo entre Rébora y los propietarios del local.


El supremo tribunal coincidió en el análisis realizado por los camaristas con respecto a que la responsabilidad penal del imputado obedecía a la omisión de disponer medidas necesarias para que el bar “Escorpio” fuera debida y efectivamente inspeccionado, luego de que fuera advertido por dos oficios judiciales, emitidos por el entonces juez penal de Melincué, Leandro Martín, por la presunta infracción a la ley de profilaxis en el bar y hospedaje lindero.


Los ministros de la Corte sostienen que “no hay fundamento válido para abrir una instancia excepcional como la inconstitucionalidad”, rechazando la queja interpuesta por la defensa de Gabriel Rébora.


Por sorteo


Rébora había llegado al poder en diciembre del 2011, luego de que la elección de ese año se definiera por sorteo. El Tribunal Electoral de Santa Fe tuvo que tomar esta medida ante el empate en 445 votos, con Oscar Pernigotti.


Tal cual lo establece la ley electoral santafesina, la situación se debió definir a través de un sorteo que se realizó en la capital provincial y terminó otorgándole la responsabilidad de gestionar la cabecera del departamento General López. Volvió a postularse y ganó en 2013 y 2015, perdiendo en los últimos comicios frente al médico local, Andrés Sacchetto, del Frente Progresista.


Recientemente, Rébora fue noticia nacional por haberse consagrado campeón en un torneo de póker, en momentos donde la crisis hídrica golpeaba fuerte a su localidad, algo que no fue bien visto por los vecinos del pueblo y la región.

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