Frente a un pedido de invalidación absoluta del juicio por cuestiones procesales y el supuesto desconocimiento del condenado de los hechos que se le atribuían, el camarista remarcó que "Mendoza no sólo estuvo asistido por la defensa técnica particular, sino que ejerció sus derechos, declarando y produciendo prueba en el debate". Al respecto, Hernández explicitó que "el magistrado de segunda instancia contempló las particularidades del régimen procesal contravencional y que, desde que presentamos la acusación, el condenado estuvo al tanto de las conductas por las que se lo había investigado".