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Casi 16 años después

Elevan a juicio oral la causa por la tragedia aérea de Fray Bentos

La Justicia mandó a juicio oral por “estrago doloso” a los 26 empresarios, técnicos y ex funcionarios nacionales acusados de la tragedia ocurrida el 10 de octubre de 1997, cuando un avión de Austral que retornaba de Posadas se estrelló y se desintegró, sin dejar rastros de sus 74 tripulantes.

Elevan a juicio oral la causa por la tragedia aérea de Fray BentosElevan a juicio oral la causa por la tragedia aérea de Fray Bentos

Sábado 29.6.2013
 0:28

Casi 16 años después, la Justicia mandó a juicio oral a los 26 empresarios, técnicos y ex funcionarios nacionales acusados de la tragedia ocurrida en Fray Bentos, cuando un avión de Austral retornaba de Posadas con 74 personas a bordo y se desintegró en el aire.

El juez federal Sebastián Ramos ordenó la clausura de la instrucción por esa causa judicial y dispuso la elevación del caso a juicio oral y público.

Por ese hecho están acusadas 26 personas, entre ellas responsables de la línea aérea y personal de la Dirección de Aeronavegabilidad y Comando de Regiones Aéreas.

La figura penal que se analiza es la de ‘estrago doloso‘, que impone la pena de hasta 25 años de prisión para quien ‘a sabiendas ejecutase cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de una nave, construcción flotante o aeronave‘.

La tragedia ocurrió el 10 de octubre de 1997, cerca de la localidad de Fray Bentos, en la República Oriental del Uruguay, cuando se precipitó a tierra la aeronave Douglas DC-9-31 matrícula LV-WEG que cumplía el recorrido del vuelo 2553, desde el aeropuerto de Posadas hasta el Aeroparque Metropolitano.

El avión debió desviar su recorrido hacia Fray Bentos para eludir una tormenta, y fue entonces cuando -según la desgrabación de la caja negra-, el indicador de velocidad comenzó a bajar a un valor que resultaba peligroso a esa altura.

Fue por eso que los pilotos aumentaron la potencia de los motores sin poder elevar el nivel buscado y trataron de conectarse con la torre de control en Ezeiza para que le autorizara el descenso.

Sin respuestas, el piloto desplegó los ’slats’ (elementos ubicados en las alas) para no perder sustentación, pero al hacerlo uno de ellos se desprendió casi instantáneamente, lo que desequilibró la nave y terminó haciéndola caer en picada.

El avión cayó perpendicularmente a una velocidad de 1.200 km/h y dejó un cráter de 70 metros de largo y 10 de profundidad, sin rastros de ninguno de los 74 ocupantes (pasajeros y tripulación).

La hipótesis de lo ocurrido apuntó a graves irregularidades en el mantenimiento de la aeronave, ya que el Tubo de Pitot (para calcular la presión) se habría congelado al atravesar una nube y no habrían funcionado ni los mecanismos de descongelamiento ni la alarma que previene de la situación. ‘La investigación se orientó a establecer si entre las causas que originaron el desastre aéreo cabía asignarle responsabilidad penal alguna a los encargados de la empresa explotadora del servicio (directivos, personal operativo y técnico) y a los responsables de la Seguridad Aerocomercial de la Nación‘, se sostuvo.

‘Los elementos de prueba reunidos son suficientes para fundar la elevación a juicio del presente proceso respecto de las personas mencionadas, en tanto se ha acreditado respecto de cada una de ellas su responsabilidad en el suceso trágico investigado, al menos con el grado de probabilidad requerida para la culminación de esta etapa de recolección probatoria‘, dijo el fallo de 162 hojas.

Los acusados son Manuel Morán, Mario Víctor Sruber, Gabriel Mario Pérez Junqueira, Walter Hayas, Mario Daniel Cardoni, Fernando José Francisco Mayorga, Francisco Javier Monzón, Ángel Rafael Sanchis Herrero, Javier Losa de la Cruz, Jorge Belarmino Fernández, Ricardo Embón, Juan Manuel Baigorria, Carlos Horacio González y Justo Demetrio Díaz.

También figuran como ‘coautores‘ Danilo Rodolfo Wenk, Hugo Alberto Adib, Carlos Carmenini, Norberto Sotelo Ossa y Eduardo Sánchez Ara.

En tanto, se imputó como ‘participe necesario‘ a Guillermo Destefanis, José Eduardo Garrido, Juan Fortuny, Enrique Ventura de Anchorena, Pablo Alfredo Chini y Norberto Hugo Nieves, y como ‘partícipe secundario‘ a Andrés Alberto Arribillaga.

DYN

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