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Desde la secretaría de Control municipal

Cartelería electoral: ya labraron unas 30 actas por infracciones

Se detectaron carteles en lugares prohibidos (postes de luz, semáforos y señalética vial), y pegatinas en mobiliario urbano. El Municipio elevó notificaciones genéricas a los partidos, recordándoles que tienen 10 días para retirar los carteles políticos. Se aguarda que el Tribunal Electoral notifique el escrutinio definitivo.  

Cartelería electoral: ya labraron unas 30 actas por infraccionesCartelería electoral: ya labraron unas 30 actas por infracciones

Jueves 2.5.2019
 9:52
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El Litoral / area@ellitoral.com

El día después de las Paso dejó, además de los candidatos ganadores y perdedores, mucha suciedad en la ciudad: cartelería propagandística en lugares impensados: en postes de luz, en el mobiliario urbano de los senderos de la principales avenidas, y hasta en los semáforos. Son lugares prohibidos, según establece el Código de Publicidad y Propaganda (Ordenanza Nº 12.090, sancionada en mayo de 2014). Ante las irregularidades detectadas, al viernes 26 de abril el municipio ya había labrado unas 30 actas de infracción.

Así lo informó a El Litoral la subsecretaria de Control del Gobierno local, Mariela Uberti. Toda la cartelería en contravención a esa norma “se infracciona en el momento en que se detecta. Hasta el viernes pasado, previo a la elección del domingo, ya habíamos hecho unas 30 actas de infracción, con estas características irregulares”, dijo.

Los afiches proselitistas en un poste de luz está prohibido (Ordenanza Nº 12.090, Título VIII; inciso c.1). También estarán en infracción aquellos colocados en los semáforos, en la señalética vial o “en lugares de valor patrimonial y sitios o edificios declarados de interés patrimonial”, dice la norma. “Los pasacalles que atraviesan de cordón a cordón, también están prohibidos. Pueden colocarse entre ochavas o entre postes, pero sin atravesar la calle”, amplió Uberti. Tampoco se puede pegar cartelería sobre el mobiliario urbano (cestos en altura, bancos, etc.) de ningún tipo, ni política ni comercial.

También hubo infracciones detectadas por carteles hallados en contravención por no respetar las medidas de dimensión que establece la normativa, es decir, ser más grandes que lo permitido. (Un ejemplo; lo permitido para la publicidad en columnas debe tener una superficie máxima de 1 metro cuadrado y 0,50 centímetros, no más que eso, dice la normativa vigente.)

Otro elemento considerado fueron los carteles sobre las terrazas, en estructuras autoportantes. “La ordenanza permite este tipo de cartelería en lo que nosotros denominamos nodos viales de circulación. En algunos lugares se puede colocar, y en otros no. En los sectores donde se detectaron carteles en contravención, también se labró la infracción correspondiente”, agregó Uberti.

Notificaciones genéricas

La funcionaria explicó que desde Municipio se elevaron notificaciones genéricas a los partidos, recordándoles que tienen 10 días para retirar sus carteles de propaganda electoral. ¿Por qué genéricas? “Por una cuestión de prolijidad y transparencia: hasta que el Tribunal Electoral Provincial (TEP) no informe quiénes no van a participar de las elecciones generales (podría informar el jueves el escrutinio definitivo), no podemos hacer las comunicaciones a todos esos partidos que no estarán en la general, que son los que tienen el plazo de 10 días para sacar su cartelería”.

(Un ejemplo: La fuerza de María E. Bielsa, que no participará de la general pues perdió su interna, tiene ese plazo de 10 días para retirar su cartelería). “Las notificaciones que se elevan a las alianzas políticas incluye a todos los que la conforman. Con que se reciba la notificación en el domicilio legal constituido por la alianza en la secretaría electoral, esa notificación es válida”, aclaró la funcionaria.

Por otro lado, el Código de Publicidad y Propaganda (Título VIII, art. 55, inciso a) establece que las agrupaciones políticas pueden, 45 días antes de los comicios generales, instalar publicidad política. “Entonces, después de ese día eleccionario (16 de junio) volveremos a hacer notificaciones para que, dentro de los 10 días de esa fecha, deben finalmente retirar la cartelería”, agregó Uberti. Caso contrario, el retiro se hace por administración del Municipio pero “a costa de él o los responsables de su instalación (los partidos)”, tal lo fija la referida ordenanza, art. 55, inciso b.

Limpieza

En este punto, Uberti aseguró que habrá operativos de limpieza. “Todos lo años, una vez que terminan las elecciones y sin perjuicio de hacer notificaciones anticipadas, siempre hay operativos de limpieza realizados por empleados municipales. Es habitual, porque a veces las condiciones climáticas hacen que haya dos días de lluvia, y los carteles en marquesinas o pasacalles, que son de un material endeble, se desgranan y se caen. El municipio se encarga de retirarlos”.

Si bien hubo para estas primarias mucha cartelería electoral (un abrumador ruido visual), la secretaria consideró que antes de que se apruebe y reglamente el Código de Publicidad y Propaganda (en 2014) “la suciedad era mucha mayor. Hoy hay mucha menor suciedad que la que hubo en otros años. En general, los carteles tienen un tamaño relativamente pequeño. Se puede ver un montón de carteles pegados (en las columnas, por caso), pero están cumpliendo las dimensiones que establece la ordenanza, salvo algunos muy grandes que detectamos”.

Otro punto: hay partidos que también utilizan otros medios en vía pública para captar al electorado, “como por ejemplo, no puede haber ningún pasacalles en frente de los locales de votación. Eso no está en la en la ordenanza, pero sí en el Código Nacional Electoral. Si el domingo pasado se recorría cualquier escuela, en general había carteles de propaganda política pegados. Esa fue otra irregularidad detectada”, concluyó Uberti.

La listas que no pasaron a la general deben sacar sus carteles en 10 días; y las que sí pasaron, pueden seguir poniendo carteles 45 días antes del 16 de junio. Se esperará que el TEP comunique los resultados del escrutinio definitivo.

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