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Declaró a Santa Fe Territorio Libre de Pirotecnia

Chau pirotecnia: el Concejo prohibió su uso y venta, y habrá fiestas en paz

No se podrá fabricar, comercializar ni usar en forma particular elementos de pirotecnia y cohetería.

Chau pirotecnia: el Concejo prohibió su uso y venta, y habrá fiestas en pazChau pirotecnia: el Concejo prohibió su uso y venta, y habrá fiestas en paz

Jueves 12.10.2017
 19:21hs
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Luciano Andreychuk

landreychuk@ellitoral.com
Twitter: @landreychuk


“Nuestros niños estarán agradecidos, nosotros lo estamos”, dijo una madre de la ONG de padres de hijos con autismo. “Mi perro ‘Palito’ va a disfrutar las fiestas navideñas sin ruidos que lo alteren”, bromeó un edil, y otro se subió a la humorada, al momento de las fotos, en el cuarto intermedio: “Ahora, salimos acá a la explanada y tiramos unos cohetes para celebrar”. Chapeau!


Lejos de los duros debates últimos —muy marcados por la coyuntura electoral—, ayer había clima de jolgorio en el recinto del Concejo, cuando finalmente, y después de casi 6 años, el Deliberativo logró declarar por unanimidad a la ciudad capital “Territorio Libre de Pirotecnia”. Estaban representantes de papás de niños autistas y referentes de ONGs proteccionistas de animales, entre otros.


Fue una ordenanza muy trabajada y consensuada. Implica que en el ejido municipal queda prohibida la tenencia, fabricación, manipulación, circulación, transporte, comercialización, depósito y expendio al público mayorista y minorista y uso particular de pirotecnia o cohetería. En limpio: no más estruendos en las fiestas navideñas, ni en los eventos públicos ni privados, ni en ninguna otra actividad.


Sólo hay dos excepciones: el uso de “fuegos artificiales visuales” por parte de particulares e instituciones públicas o privadas (en tanto se trate de la organización y realización de espectáculos), previa autorización del Ejecutivo o aplicación competente designada por éste; y de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y a sus integrantes “en el ejercicio de sus funciones específicas”.


“Pulmón” de tiempo


Dice la ordenanza: “El Ejecutivo (...) deberá determinar en el plazo máximo e improrrogable de dos años la instrumentación progresiva de la prohibición, debiendo otorgar mayor plazo de aplicación en aquellos explosivos que ocasionan menor impacto ambiental y peligrosidad en su manipulación y uso, y otorgar el menor plazo de aplicación en aquellos explosivos que ocasionan mayor impacto ambiental y peligrosidad (...)”.


Estos dos años de implementación “serán como un ‘pulmón’ de tiempo para que el Ejecutivo le dé prohibición total. El Ejecutivo deberá ir graduando su implementación. Pero en el mientras tanto, la prohibición regirá una vez promulgada la ordenanza (en unos 10 días) y el Municipio tendrá el poder de policía para sancionar y decomisar artefactos de pirotecnia”, aclaró a El Litoral el concejal Ignacio Martínez Kerz Interbloque PJ), que impulsó la nueva ordenanza.


Se establece además una “amplia divulgación” de la nueva norma y su reglamentación. Esto implica comunicar en forma fehaciente a los comerciantes de la ciudad (que se dedican a ese rubro), a los que se les deberá entregar copia simple de aquélla.


El “héroe” de la sesión fue el propio Martínez Kerz, que militó fuerte y desde 2012 este tema. Él convocó a reuniones a entidades vinculadas con el tema, ONGs de protección animal, expertos. Hubo reuniones, encuentros, interconsultas con otras ciudades donde ya está prohibida la pirotecnia. Y tuvo su premio: los ediles de su sector y del oficialismo lo felicitaron, y hasta hubo un aplauso generalizado al final.


El argumento


Su par de bloque, Lucas Maguid, explicó en el recinto el por qué es necesario prohibir la pirotecnia y la cohetería en la ciudad. Está comprobado que la cohetería y la pirotecnia contaminan y alteran el comportamiento de la fauna, provocan incendios forestales. Se utilizan sustancias tóxicas que contaminan el aire y provocan problemas respiratorios”.


Lo más grave es el impacto sobre la salud humana. “Son conocidas las terribles consecuencias que año tras año se producen por el uso de elementos de pirotecnia. Esta situación se agrava cuando se aproximan las fechas navideñas, que es cuando más accidentes se producen según los datos estadísticos relevados por el Hospital Cullen”, recordó Martínez Kerz.


Estos accidentes “se manifiestan en daños y lesiones a la salud e integridad física de las personas, como quemaduras de distintos grados, traumas auditivos, alteraciones nerviosas, y que en la mayoría de los casos deben ser atendidos en el sistema de salud pública”, agregó el edil.


“El estruendo genera alteraciones en niños y personas que padecen autismo, y los animales sufren mucho también. La ciudad se tiene que aggiornar a la protección humana y ambiental. Esto es un gran avance”, dijo Marianela Blangini. “Estamos poniendo a Santa Fe en una situación de vanguardia, de punta, al igual que otras, en algo que también debiera marcar el rumbo en la provincia”, reforzó el también opositor Juan Cesoni.


Desde el oficialismo se acompañó el despacho con su voto. Todo esto “es una buena noticia para los vecinos y vecinas de la ciudad; si bien muchas veces tenemos nuestras diferencias políticas aquí en el recinto, también podemos lograr consensos”, sintetizó la radical Adriana Molina.


Desde el Frente Progresista también se acompañó la ordenanza; Leandro González puso el acento en el avance hacia una mejor convivencia y de los derechos. “Cuando se avanza en los derechos de otros (como por ejemplo, de quienes padecen severamente los estruendos), empiezan los conflictos. Ésta es una muy buena herramienta”.


Multas


Quienes no se ajusten a la nueva normativa quedarán expuestos a percibir sanciones. Dice la ordenanza que la primera infracción será penada con multa de (el valor de) un salario mínimo, vital y móvil (que desde el 1º de julio de 2017 está fijado en 8.860 pesos) y decomiso de mercadería.


En la segunda infracción, la multa será el equivalente a dos salarios mínimo, vital y móvil, decomiso de mercadería y clausura del comercio por un día; y la tercera infracción, multa de tres o cuatro salarios mínimo, vital y móvil, decomiso de la mercadería y clausura del comercio de dos o cinco días.


>>> Una definición: la ordenanza sancionada no olvida dar una definición: “Se considera artificio pirotécnico o de cohetería al destinado fundamentalmente a producir combustión o explosión, efectos visibles mecánicos o audibles, estando incluidos todos aquellos que se enciendan y accionen mediante el uso de mecha, combustión o ficción”.

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