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Proyecto ambicioso del intendente en el Concejo Municipal

Megaobras: necesario debate sobre controles ambientales

El mensaje que propone un nuevo reglamento de edificaciones en la ciudad -para el que se augura un profundo y extenso debate- contiene una curiosidad: la letra de la ordenanza a discutir en el Concejo resigna potestades municipales para los requisitos ambientales a cumplir por los mega emprendimientos. En Rosario, aún con tensiones y demoras, se sigue otro camino.

Megaobras: necesario debate sobre controles ambientales  Megaobras: necesario debate sobre controles ambientales

Martes 22.6.2021
 15:03hs
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Luis Rodrigo
Por: 
Luis Rodrigo
|
Política

La discusión de los reglamentos de edificación, así como de los códigos para la zonificación en la ciudad, requieren un tratamiento sin prisas del Concejo Municipal. Se trata de ordenanzas que por su complejidad habrán de resultar en una ayuda o una traba al desarrollo de la calidad de vida de los santafesinos, del aprovechamiento de sus potencialidades a la vista o a crear y de los negocios que mueven a un sector que es clave en todas las economías urbanas: la construcción.

El mensaje es necesariamente extenso y denso. Seguramente así fue su producción en el Departamento Ejecutivo y es deseable que también lo sea su discusión en las comisiones de los concejales. Si de muestra basta un debate anterior, el que consagró el nuevo ROU (Reglamento de Ordenamiento Urbano) llevó unos dos años.

Aquí se presta atención a uno de sus múltiples aspectos, acaso por resultar el más curioso porque va a contrapelo de las tendencias dominantes en materia de políticas públicas que buscan y proclaman (como los discursos) una mayor autonomía de las ciudades. Más por tratarse de la capital provincial y de una de las dos municipalidades de primera categoría (más de 200 mil habitantes), en la ley orgánica que las rige.

Habitabilidad

El nuevo Código de Habitabilidad que impulsa la administración de Emilio Jatón viene a reemplazar un Reglamento de Edificaciones (la Ordenanza N° 7279, vigente desde 1976) que poco se ocupaba del tema que aquí se expone: el de los eventuales problemas ambientales generados por las urbanizaciones.

Para uno de las cinco tipos de obras que define el código en debate, la Municipalidad retrocede en sus facultades de control y cede potestades al Estado Provincial, concretamente al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Santa Fe.

El texto dice que "en Obras de Magnitud Especial, o que por presentar riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; localización en o próximas a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; alteración significativa en términos generales de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona; y alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se deberá elaborar una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) según lo estipulado en la Ley Nº 11.717, Decreto Nº 0101/03 para ser presentado ante el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de Santa Fe".

A diferencia de los otros cuatro tipos de obras, en esos emprendimientos se privará de opinar la Secretaría de Ambiente de la Municipalidad de Santa Fe.

En Rosario, no

La Ley N° 11.717 no avanza sobre los derechos de los municipios a controlar los efectos ambientales de las obras en su jurisdicción. Crea la obligación de estudios de impacto ambiental ante la autoridad de aplicación a nivel provincial (hoy el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático) pero no impide a las municipalidades ejercer sus potestades. En todo caso, se suma a aquellas.

El caso de Rosario puede ilustrar otro camino y verificar que no hace falta que las municipalidades se arrojen a los brazos de la provincia. Allí existe una ordenanza sobre convenios especiales para los emprendimientos urbanísticos de mayor impacto que exige cumplir con los estudios de impacto ambiental, sin que la ciudad resigne poder. Y sigue en discusión quién elige qué consultora hará esas tareas.

La ordenanza N° 9.389 es parte de un recurrente debate en la ciudad del sur porque obliga a los emprendedores a pagar los estudios de impacto ambiental que hará un tercero (debidamente inscripto en el registro provincial de esa especialidad que crea la Ley Provincial N° 11.717), pero aún no ha sido reglamentada? Ni puesta en práctica.

Se trata de una norma nacida en 2011, y reformada en 2015 por un proyecto del actual secretario de Transporte de la provincia, Osvaldo Miatello, que por entonces era concejal en Rosario. Buscó un mecanismo que brindara ciertas garantías para la protección del medio ambiente a esa ciudad: que no sea la empresa emprendedora la que contrate el servicio de consultoría sino la ciudad quien la elija, con costos a cargo del emprendedor. Pero sigue sin el necesario decreto reglamentario.

En cualquier caso, no se ve a la provincia como a una tabla de salvación para no tener que ejercer esos controles.

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