El gobernador de la provincia, Hermes Binner, firmó este miércoles el Decreto por el cual se limita la facultad que el artículo 86 de la Constitución de la Provincia le confiere al Ejecutivo para el nombramiento de los ministros de la Corte Suprema de Justicia y del Procurador General.
La medida persigue otorgar transparencia y facilitar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de preselección de candidatos para la cobertura de vacantes en un marco de prudencial respeto al buen nombre y honor de los propuestos, la correcta valoración de sus aptitudes morales, su idoneidad técnica y jurídica, su trayectoria y su compromiso con la defensa de los derechos humanos y los valores democráticos que lo hagan merecedor de tan importante función.
El decreto también dispone que se tenga en cuenta la conformación del Supremo Tribunal a efectos de que la inclusión de nuevos miembros permita reflejar las diversidades de género, especialidad y procedencia regional.
También establece una amplia publicidad de los postulantes a fin de que los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales y las entidades académicas y de derechos humanos puedan presentar al Ministerio de Justicia Y Derechos Humanos, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones, y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los incluidos en el proceso de preselección.
Igualmente la norma estipula que sin perjuicio de las presentaciones que se realicen, en el mismo lapso deberá requerirse opinión a organizaciones de relevancia en el ámbito profesional, judicial, académico, social, político y de derechos humanos a los fines de su valoración.
Asimismo manda que los postulantes deberán presentar una declaración jurada con la nómina de todos los bienes propios, los de su cónyuge y/o los del conviviente, los que integren el patrimonio de la sociedad conyugal, y los de sus hijos menores.
Finalmente en caso de decisión positiva, se enviará con lo actuado a la Asamblea Legislativa, el nombramiento respectivo, a los fines del acuerdo.
Fundamentos
En los fundamentos del Decreto se evalúa que es pertinente que el ejercicio de las facultades del Poder Ejecutivo sea reglamentada también en relación a la designación de los Ministros de la Corte Suprema de Justicia y del Procurador General, estableciendo parámetros a tener en cuenta para la mejor selección del candidato propuesto, de tal manera que su designación contribuya de modo cierto a un efectivo mejoramiento del servicio de justicia, al fortalecimiento del sistema republicano y al incremento de la calidad institucional.
También se recuerda que el Decreto Nº 222/03 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, reglamentando el procedimiento de selección de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, constituye un valioso antecedente en la materia.
Fuente: Información Pública































