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Se espera un fallo nacional

El caso Roggiano complicaría a la justicia santafesina

La Corte nacional emitiría en breve su pronunciamiento en la causa y, como en el caso Fraticelli, volvería a cuestionar la doble intervención de un mismo órgano judicial.

El caso Roggiano complicaría a la justicia santafesinaEl caso Roggiano complicaría a la justicia santafesina

Martes 8.5.2007
 19:56
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación estaría ya en condiciones de pronunciarse sobre la constitucionalidad del procedimiento que derivó en la condena del ex juez de Menores Julio César Roggiano. El acto sería un episodio más -trascendente pero acotado- dentro de un caso judicial en particular, si no fuese por una razón: todo indica que el pronunciamiento del Alto Tribunal será un nuevo cuestionamiento al sistema procesal que rige en la provincia, incluso con un alcance mayor que en la causa Fraticelli.

En agosto del año pasado, la Corte nacional ordenó revisar la condena dictada cuatro años atrás contra el ex juez de Rufino, Carlos Fraticelli, y su esposa Graciela Diesser, acusados por el homicidio de su hija Natalia. El análisis del Tribunal no apuntó a la culpabilidad o inocencia de los imputados, sino al procedimiento que los llevó a la cárcel: dos de los tres jueces integrantes de la Cámara Penal de Venado Tuerto, que suscribieron el voto mayoritario a favor de la condena, eran los mismos que habían confirmado el procesamiento y la prisión preventiva de los imputados.>

La Corte hizo notar que esta doble intervención de un mismo organismo judicial, en dos instancias diferentes del proceso, vulnera la garantía de imparcialidad que la Constitución Nacional ofrece a quien es sometido a un proceso judicial. El problema es que no se trataba de un error atinente al caso, sino del cumplimiento de lo que el actual sistema establece como procedimiento normal.>

Avalancha de planteos

Por esa razón, este pronunciamiento del caso Fraticelli-Diesser, cuya condena está actualmente siendo revisada por una Cámara integrada por conjueces, pateó el avispero en la Justicia santafesina: la Corte provincial dictó una acordada asegurando la rotación de los órganos judiciales en todas las causas, y ganó impulso el Plan Estratégico para la Reforma Judicial, lo que incluye un nuevo Código Procesal Penal.

Pero, mientras tanto, una verdadera avalancha de causas llegó a la Corte nacional invocando el vicio de la doble intervención, a partir de la puerta abierta por Fraticelli y el criterio judicial previamente asentado en la causa "Llerena".>

Dentro de esas causas, estaría próxima a salir -dentro de la incertidumbre que siempre rodea a las versiones generadas en torno a la Corte nacional, algunos hablan de que sería inminente-, la que corresponde, casualmente, a otro juez. Y que no solamente sería un nuevo "tirón de orejas" equiparable al de Fraticelli, sino que agravaría la cuestión, poniendo en la picota el propio sistema procesal santafesino.>

En efecto, y más allá de otro aspecto puntual, como podría ser el referido al supuesto exceso en el tiempo de encarcelamiento sin causa del ex juez, el fallo "Roggiano" apuntaría a problemas esenciales del procedimiento: que éste siga siendo escrito y que sea acusatorio -es decir, que el mismo juez de Instrucción es el que activa la causa y dicta el procesamiento.>

La Corte nacional adelantó criterio en este sentido en el fallo "Casal" -referido a la pertinencia del recurso de casación en el marco del Código Procesal Nacional-, donde también consideró inadmisible, a la luz de los tratados internacionales suscriptos por nuestro país, que los jueces correccionales procesen y dicten sentencias.>

Efecto dominó

El efecto dominó que esto podría tener sobre las sentencias dictadas en los tribunales santafesinos es evaluado de distintas maneras, pero, en todos los casos, con preocupación y el convencimiento de la necesidad de apurar los tiempos de la reforma, cuya andadura legislativa podría complicarse por el año electoral y cuya implementación definitiva llevará, aun después, un cierto tiempo y también gradualidad.

Algunos consideran que esto podría implicar, por poco, salir a "abrir las puertas de las cárceles", ya que un gran número de condenados se vería beneficiados por la declaración de inconstitucionalidad del trámite que los depositó allí. Otros esperan cierta "comprensión" desde el máximo organismo de Justicia de la Nación, tomando en cuenta los esfuerzos que a nivel institucional se están llevando a cabo, que otorgue un plazo de tiempo prudencial para operar los cambios, sin derrumbar todo lo hecho antes de poder producirlos. En un marco de justificada expectación, la Corte nacional tiene ahora la palabra.>

Parámetros y urgencias

En el fallo "Casal", de 2005, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó establecido de qué manera el juego de la Constitución Nacional y los tratados internacionales firmados por nuestro país establecen la garantía de la doble instancia en todos los casos y el consiguiente derecho de todo acusado a solicitar la revisión de sus causas.

El fallo lo hace a partir del presupuesto de que "los arts. 8.5 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos exigen la publicidad del juicio, con lo cual están exigiendo la oralidad".

El proyecto de reforma del Código Procesal Santafesino establece el procedimiento oral para los juicios en materia penal y también el carácter inquisitivo del procedimiento, con lo cual la investigación de los hechos vinculados con la causa y el impulso a la acción deja de estar en manos del juez de instrucción, y pasa a ser prerrogativa del Ministerio Fiscal.

El complicado panorama que presenta el esquema judicial santafesino frente a los parámetros establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, motiva la urgencia con que se impulsa la reforma, de la misma forma en que la Corte santafesina dispuso mecanismos para producir la rotación de los órganos judiciales que intervienen en las instancias de procesamiento y revisión de sentencia. Aun así, hay un amplísimo número de causas que se tramitaron con los criterios que la Corte Nacional impugna y que están expuestas a que se ordene una revisión.

Procesados

Según dijo a El Litoral el director del Servicio Penitenciario Provincial, Jorge Bortolozzi, en cárceles de la provincia existe una población penal integrada por 2.151 internos. De ese total, 1.422 están condenados, aunque muchos de ellos no tienen sentencia firme, ya que presentaron apelaciones. El resto (729) está procesado y aguarda conocer su condena. El funcionario admitió que el número de procesados sigue siendo alto, aunque subrayó que "ha bajado notablemente" en los últimos meses.

Emerio Agretti

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