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La autoridad de aplicación pasará de Nacional a Provincial

Habrá un nuevo sistema de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria

El gobierno de Santa Fe creó el Sistema de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria de jurisdicción provincial, en reemplazo del anterior, dependiente de la Nación. El nuevo ordenamiento prevé la instalación de 19 Centros de Revisión Técnica en todo el territorio santafesino, contra los 12 existentes en la actualidad.


Jueves 21.5.2009
 21:54

La medida se instrumentó a través del decreto 869, que lleva las firmas del gobernador Hermes Binner y del ministro de Gobierno y Reforma del Estado, Antonio Bonfatti, por el cual se reglamentó el artículo 7 de la ley provincial Nº 11.583, de adhesión a la Ley Nacional de Tránsito.

El nuevo sistema tendrá como autoridad de aplicación a la Agencia Provincial de Seguridad Vial y se organizará en 15 secciones administrativas creadas a tal efecto, que serán asiento de los Centros de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria.

Las cabeceras de esas secciones administrativas serán los municipios de Cañada de Gómez, Casilda, Esperanza, Firmat, Rafaela, Rosario, San Jorge, San Lorenzo, Santa Fe, Santo Tomé, Sunchales, Venado Tuerto, Villa Constitución, Reconquista y San Cristóbal.

En los dos últimos casos, en razón de la geografía del Norte provincial, el Centro de Revisión será móvil y deberá trasladarse, de manera periódica, a las diferentes localidades, con el objeto de acercar el servicio a todos los ciudadanos.

En todos los casos se prevé la existencia de un centro de revisión en cada ciudad, salvo en los casos de Rosario, que tendrá cuatro, y Santa Fe, que contará con dos, teniendo en cuenta la alta concentración del parque automotor. En Rafaela, Reconquista, Rosario, Santa Fe y Venado Tuerto se deberá instalar, al menos, una línea de verificación para vehículos pesados.

Descentraolización de facultades

Se establece, además, una descentralización de facultades en los municipios - cabecera del sistema que suscriban convenios con la Agencia de Seguridad Vial. En ese caso, los municipios serán la autoridad de aplicación y “podrán prestar el servicio por sí, o a través de su concesión a terceros”.

En caso de que opten por prestarlo a través de terceros, “la Agencia elaborará y aprobará un pliego modelo para la licitación del servicio, acorde a las especificaciones legales y técnicas previstas, que deberán aplicar los municipios”, especifica el decreto.

La provincia, a través de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, “será la encargada de otorgar las habilitaciones para los Centros de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria” y auditará su funcionamiento, agrega la norma.

El nuevo sistema contempla la Revisión Técnica Vehicular Obligatoria “para todos los vehículos automotores, motovehículos, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública, de uso particular, comercial y oficial, y de transportes de pasajeros y de cargas”.
La norma establece que “los titulares de los vehículos livianos radicados en las localidades comprendidas en cada sección administrativa, sólo podrán realizar la revisión técnica obligatoria en el Municipio designado como cabecera de los Centros de RTO”, mientras que “los titulares de los vehículos pesados verificarán en el Centro de RTO más próximo a su lugar de radicación”.

Aseguran la aptitud de los vehículos

En los considerandos del decreto se señala que “la inspección técnica de vehículos es la principal herramienta de la que dispone la administración para asegurar que los vehículos siguen siendo aptos para circular, manteniendo, en la medida que sea razonable, las características con las que fueron diseñados. El objetivo que se persigue al asegurar este mantenimiento es la minimización de las consecuencias negativas asociadas al uso de los vehículos a motor, siendo las más importantes, los siniestros viales, las emisiones de sustancias contaminantes y la congestión de tránsito”.

El sistema en vigencia

La norma señala que “por su propia naturaleza de origen” el sistema actual (vigente hasta ahora) no ha podido brindar los resultados adecuados para atender totalidad del parque automotor provincial”, ya que “los doce talleres de inspección vehicular habilitados al amparo de la Resolución de la Secretaría de Transporte de la Nación Nº 417/92”, tuvieron como “competencia originaria” la “revisión del transporte nacional de pasajeros y cargas dentro de nuestro territorio provincial”.

“En su implementación originaria –añade–, los denominados talleres de revisión solamente prestaban el servicio a vehículos de transporte de pasajeros y cargas interjurisdiccional, siendo diseñados y desarrollados, tanto por su cantidad y distribución geográfica, como por las restantes características de prestación del servicio, para responder a las necesidades de este tipo de transporte especial”.

Por esos motivos “los criterios tenidos en cuenta para el asentamiento de los citados Talleres de Revisión no han considerado variables objetivas de densidad del parque automotriz, en especial el particular, ni distancia de desplazamiento de usuarios, generándose permanentes demandas de Municipios y Comunas dispersos a lo largo del territorio provincial”.

Fuente: Información pública

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