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Cautelar anulada

San Juan: finalmente, la mujer demandada por su expareja accedió al aborto voluntario

La Sala III de la Cámara, integrada por los jueces Juan Carlos Pérez, Juan Carlos Noguera Ramos y Sergio Rodríguez, había concedido el recurso para que la práctica no se llevara adelante, sin saber que ya se había ejecutado.
 

San Juan: finalmente, la mujer demandada por su expareja accedió al aborto voluntarioSan Juan: finalmente, la mujer demandada por su expareja accedió al aborto voluntario

Jueves 6.5.2021
 0:07
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Después de que la Cámara Civil de Apelaciones diera lugar a la medida cautelar que frenaba el aborto de una sanjuanina, el abogado que representa a la mujer dio a conocer que la práctica ya se había realizado y, por lo tanto, alertó que el fallo de la autoridad se imponía sobre algo abstracto. En ese marco, el tribunal solicitó información al hospital público donde se llevó adelante la práctica y, luego de constatar los hechos, dio marcha atrás y anuló el fallo.

Además, rechazó el pedido del progenitor, cuyos abogados solicitaron la inconstitucionalidad de la Interrupción Voluntaria del Embarazo.

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Según trascendió, la Sala III de la Cámara, integrada por los jueces Juan Carlos Pérez, Juan Carlos Noguera Ramos y Sergio Rodríguez, que le dio lugar al recurso que presentaron los abogados del progenitor que judicializó su disputa con su ex esposa, le había pedido a las autoridades del Hospital Federico Cantoni de Pocito que ofrecieran detalles de cómo y cuándo se llevó adelante la interrupción del embarazo, amparada por la ley.

Una vez que el informe llegó a manos de la autoridad y confirmó lo sucedido, la misma resolvió revocar ese dictamen -que ya no tenía razón de ser- ya que resultaba de cumplimiento imposible. Es que “las medidas cautelares subsistirán mientras duren las circunstancias que la determinaron". Con esto, la causa que había iniciado en esta instancia quedó sin efecto.

A pesar de que, desde el entorno del progenitor, se dijo que la mujer tenía 12 semanas de embarazo, el nosocomio informó que eran 9 semanas y tres días las que cursaba. Como los protocolos indican, cumplía con los requisitos y por eso se efectuó la cuestión de Salud Pública.

Reinaldo Bedini, el letrado que patrocina a la gestante, cuyo caso quedó al descubierto cuando su ex pareja, Franco S., decidió hacerlo público, presentó a la Cámara un recurso de reposición con la finalidad de que el superior reconsidere la resolución que le dio la derecha al hombre y que impedía, de forma momentánea, que la IVE se realizara.

En ese escrito, en el que el letrado señala que el dictamen carece de lógica, resulta absurdo y confunde a la sociedad, informó que la gestante se sometió a la práctica médica. Es por eso que desde la Justicia civil pidieron que la entidad hospitalaria envíe un informe con los datos referidos al aborto.

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San Juan: la justicia civil rechazó el pedido del padre que impugna un aborto legal

En esa presentación, Bedini pidió que declare inaplicable las reglas para resolver los disensos de los cónyuges relativas al matrimonio civil, al aborto legal. "Especificando que es voluntad exclusiva y personalísima de la mujer, ejercer la opción de interrumpir o continuar un embarazo dentro del término previsto por ley", sostuvo.

Frente a la herramienta legal que interpuso Bedini, la autoridad debería se expidió al respecto y no sólo eso sino que también desestimó la última acción de los letrados Martín Zuleta y Lorena Lobos. Según publicó Diario de Cuyo, la resolución de la Cámara sostiene que "en relación al resto de las pretensiones esgrimidas, no corresponde expedirse sobre ellas, toda vez que han devenido en abstracto las cuestiones propuestas, por cuanto la medida cautelar ha sido dejada sin efecto".

Cronología de los hechos

9 de abril: el titular de la Obra Social Provincia, Franco S., solicitó la autorización para la práctica

19 de abril: el titular pidió que el trámite quede sin efecto

20 de abril: la mujer inicia el expediente en el ámbito público para la práctica

21 de abril: se realiza la IVE, ese mismo día, Franco S. dio a conocer el caso, los abogados del progenitor piden medida cautelar en la Justicia de Familia

23 de abril: la jueza de Familia se declaró incompetente en el caso, la causa se remite al Juzgado Civil Nº 11

26 de abril: la jueza del 11º Juzgado Civil rechazó el pedido de medida cautelar

27 de abril: los abogados del progenitor apelaron el fallo del Juzgado Civil

1 de mayo: la Cámara de Apelaciones dio lugar a la apelación y a la medida cautelar, se remite la causa al sorteo para ser tratada en un otro juzgado

3 de mayo: los abogados de Franco S. recusan a la jueza del 11º Juzgado Civil por desestimar la cautelar

4 de mayo: el abogado de la gestante presenta el recurso de reposición ante la Cámara Civil y advierte que ya se realizó el aborto

5 de mayo: la Cámara Civil pide información al hospital donde se realizó el aborto; abogados del progenitor piden la inconstitucionalidad de la IVE

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Judiciales
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