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La ley ya fue publicada en el Boletín Oficial

Ahora sí, Santa Fe tiene su organismo de investigaciones

Formará parte del Ministerio Público de la Acusación y dependerá del fiscal general. La sanción de una ley similar sobre fines de 2013 había sido vetada por el Poder Ejecutivo.

Ahora sí, Santa Fe tiene su organismo de investigacionesAhora sí, Santa Fe tiene su organismo de investigaciones

Miércoles 28.1.2015
 18:42hs
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Julio De Olazábal tiene otro elemento para sumar al ministerio, que es el organismo de investigaciones. Foto: El Litoral

Mario Cáffaro

mcaffaro@ellitoral.com

El Poder Ejecutivo promulgó y publicó en el Boletín Oficial la ley 13.459 que regula la competencia, estructura y funcionamiento del Organismo de Investigaciones que dependerá del Ministerio Público de la Acusación como órgano técnico de apoyo a la gestión, y que orgánica, financiera y funcionalmente estará a cargo del fiscal general Julio de Olazábal. “Es un gran paso en el tema seguridad, en el esclarecimiento de los hechos, ya que es una herramienta fundamental para el combate de los delitos”, sostuvo el senador radical por La Capital, Hugo Marcucci, autor de uno de los varios proyectos que finalizaron en ley. “Brindará mayor transparencia al Poder Judicial, porque será el brazo directo ejecutor de los fiscales”, destacó otro coautor, en este caso el diputado Eduardo Toniolli (Movimiento Evita).

El trámite de sanción de la norma no estuvo exento de cortocircuitos entre las dos Cámaras y entre la Legislatura y el Poder Ejecutivo. Sobre fines de 2013, cuando un texto sobre la temática había sido aprobado por unanimidad por ambas Cámaras, el gobernador Antonio Bonfatti vetó gran parte del articulado, lo que motivó el enojo del justicialismo y le sirvió para presentarse unidos ante la observación constitucional. En ambas Cámaras hubo proyectos tanto de radicales, como de justicialistas. Después del veto de 2014, el año pasado hubo un mayor acercamiento de autores con el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan Lewis, y con el propio De Olazábal, puliendo el texto que ahora quedó sancionado.

Tras el receso judicial de enero, De Olazábal convocará al concurso para el cargo de subdirector provincial de Ciencias Forenses, que considera prioritario para la tarea de apoyo a los fiscales. En tanto, y mientras se ponga en marcha el organismo, el trabajo de apoyo a los fiscales está a cargo desde febrero último de la Policía de Investigaciones, cuya organización corresponde a Víctor Moloeznik y donde la mayoría de sus integrantes conformarían la nueva dependencia.

La Ley 13.013 de creación del Ministerio Público de la Acusación le determina al fiscal general la dirección del Organismo de Investigaciones que ahora tiene su norma reglamentaria.

La propia ley determina que es una institución de naturaleza civil, cuyas bases doctrinarias, organizacionales y funcionales no serán militarizadas y sus funciones están dirigidas a la búsqueda, recopilación, análisis y estudio de elementos útiles a la investigación, así como a la asistencia operativa, técnica y científica para el desarrollo de las investigaciones.

Estructura y tareas

En principio, la ley le fija competencias a las investigaciones que debe realizar el organismo: delito organizado; delitos cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad policiales y penitenciaras; aquellos donde intervengan funcionarios públicos o aquellos que, debido a las características de la comisión del hecho o su repercusión social, o gravedad institucional, o complejidad de la investigación, el Ministerio Público Fiscal disponga la intervención.

En sus diferentes articulados, la norma establece las funciones del cuerpo, las atribuciones y facultades, incompatibilidades y deberes de sus integrantes.

La estructura prevé un cargo de director provincial con asiento en esta capital y que debe ser ejercido por un civil; dos subdirectores, uno de Ciencias Forenses y otro de Investigaciones Criminales y cinco directores regionales en cada circunscripción judicial. Para la cobertura de estos cargos directivos, el fiscal general deberá realizar los respectivos concursos, y vía Corte Suprema de Justicia, proponer sus nombres al Poder Ejecutivo, que hará las designaciones. En el caso del director general tendrá un mandato de seis años con posibilidad de una repetición y en los restantes serán de cinco años. El primero deberá ser designado dentro de los 12 primeros meses de vigencia de la norma.

La Legislatura, por su parte, deberá crear el Observatorio Parlamentario del Organismo de Investigaciones, para hacer un seguimiento y fiscalización de la tarea. La ley habilita a las Cámaras a sumar a este cuerpo a referentes académicos, organizaciones sociales, gremio judicial y organismos públicos interesados en la temática.

El dato Fondos La ley habilita la provisión de fondos reservados al Ministerio Público de la Acusación para gastos operativos del Organismo de Investigaciones, para tareas que, por su carácter reservado, no puedan ser financiadas con gastos ordinarios. Estos fondos reservados serán administrados por el fiscal general y la supervisión a cargo de la Comisión Legislativa de Control y Revisora de Cuentas prevista en la Ley de Administración.

Maximiliano Pullaro

diputado UCR

  • "Será una herramienta que servirá como auxiliar de la Justicia para investigar delitos complejos y cometidos por funcionarios públicos”.

Eduardo Toniolli

diputado Movimiento Evita

  • "Estamos dando un gran paso en el tema de seguridad”.

Hugo Marcucci

senador por La Capital


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