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Santa Fe aplicó la Ley de Abastecimiento

PedidosYa debió abonar $ 4,6 millones por cobrar comisiones abusivas en plena pandemia

En un hecho inédito a nivel nacional, la provincia aplicó la Ley de Abastecimiento para sancionar a la empresa de delivery que había sacado provecho de la emergencia sanitaria para cuadruplicar sus ganancias a través de un servicio considerado esencial.

PedidosYa debió abonar $ 4,6 millones por cobrar comisiones abusivas en plena pandemiaPedidosYa debió abonar $ 4,6 millones por cobrar comisiones abusivas en plena pandemia

Miércoles 8.6.2022
 15:02hs
 / 
Actualizado al Jueves 9.6.2022 10:59hs
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Este martes se hizo finalmente efectivo el pago de la multa impuesta por la Secretaría de Comercio Interior y Servicios de Santa Fe a Pedidos Ya S.A. en el marco de la Ley 20.680 por usufructuar su posición dominante para cobrar comisiones abusivas a los pequeños comercios locales en plena pandemia.

De esta manera, tras el rechazo de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario al recurso de queja presentado, la empresa dueña de la aplicación de logística y marketplace debió abonar 4,6 millones de pesos en concepto de penalización, marcando un precedente inédito a nivel nacional de aplicación de Ley de Abastecimiento a un servicio considerado esencial durante la crisis sanitaria.

En ese marco, el secretario de Comercio Interior y Servicios de Santa Fe, Juan Marcos Aviano, explicó: “El pago de la multa es la ratificación de la intervención positiva que hizo el Gobierno de Santa Fe a mediados del 2020, en pleno auge de la pandemia, logrando se considere esencial el servicio que ofrecía la mayor empresa de delivery que se conoce en Argentina que es Pedidos Ya. Esto consagra que la política pública tiene que estar al servicio del cuidado al pequeño comercio local”.

“Fue tiempo de arduo trabajo con todo el equipo técnico que permitió aplicar la Ley de Abastecimiento por primera vez en Argentina para este tipo de servicios, generar un ámbito conciliatorio para la empresa y las cámaras gastronómicas, y luego fijar las comisiones con un tope máximo. Esto tiene que poner en valor al comercio santafesino, a las entidades empresarias y a esta sinergia entre lo público y lo privado que generamos, lo cual tiene su beneficio para el consumidor y pone de relieve a las innovaciones que estamos implementando en materia de lealtad comercial, de defensa del consumidor y de utilización de todos los instrumentos legales disponibles, ya que todos los días en Argentina estamos necesitando que la regulaciones comerciales se apliquen para que podamos tener un mercado más justo y transparente”, agregó.

Por su parte, la directora Provincial de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, María Betania Albrecht, aseguró que “el procedimiento iniciado por la autoridad de aplicación provincial de las leyes de abastecimiento, lealtad comercial y defensa del consumidor ha sido paradigmático a nivel nacional”. Y detalló: “En primer lugar, por haber dado origen a un procedimiento colectivo en instancia administrativa: la celebración de audiencias de conciliación para la defensa de intereses colectivos, en este caso, del sector gastronómico, algo de lo que no hay antecedentes, y que abre un camino para futuros temas que requieran del abordaje plural y colectivo, y no individual. En segundo lugar, por asumir el rol proactivo que siempre debe tener el Estado cada vez que los intereses de los más sectores más afectados lo requiera: en este caso, con la cuarentena más estricta en el marco de la pandemia, los comercios y consumidores fueron de los sectores más vulnerados”.

“Esta sanción dispuesta por la autoridad provincial, por abuso en el incremento de precios y la consecuente fijación compulsiva de un tope a las comisiones de un servicio considerando esencial en la pandemia, demuestra que un Estado activo, ocupado y preocupado por los intereses de la sociedad logra con su accionar equilibrar la balanza. Estamos convencidos de que la defensa de los derechos de consumidores se logra con la promoción de la lealtad comercial. No son tópicos que están en veredas opuestas, sino que son dos caras de la misma moneda. Promoviendo el comercio justo, transparente y con ganancias racionales, se defiende el bolsillo de las y los consumidores santafesinos”, aseguró.

Respecto al hito a nivel nacional que constituye esta sanción en cuanto a aplicación de la Ley de Abastecimiento, Albrecht destacó el hecho de que a partir de esta resolución el Gobierno nacional decidió formalizar un acuerdo a nivel nacional con las empresas de apps de delivery, tomando el precedente y los argumentos de la actuación de la provincia de Santa Fe. Mencionó además que el pago de la multa por parte de Pedidos Ya tuvo un doble impacto: en los comercios gastronómicos, que vieron disminuida un comisión que se había tornado abusiva y que les permitió continuar trabajando en momentos en que el take away y el delivery eran las únicas formas de sostener sus negocios; y en el sector de los miles de consumidores que utilizan este sistema para la compra de sus alimentos, quienes vieron el efecto del acuerdo en el precio final de los bienes.

Antecedentes

En julio del 2020, en un contexto de emergencia sanitaria y aislamiento social preventivo y obligatorio, en el cual la cadetería se había transformado en un servicio esencial tanto para locales gastronómicos como para las y los consumidores, la Provincia comprobó que la firma Pedidos Ya había cuadriplicado su facturación, habiendo incrementado el importe de las comisiones de forma desmedida, aprovechándose del mencionado contexto. Ante la falta de presentación de documental que justificara el aumento, la Secretaría de Comercio Interior y Servicios, a través de la Disposición Nº S-20, imputó a la firma por la suma de 3 millones de pesos y fijó una comisión máxima del 18% para un servicio que al momento de la sanción oscilaba entre el 30% y el 36%.

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