Con la firma del gobernador Omar Perotti y del ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Roberto Sukerman, el Poder Ejecutivo remitió al Senado un mensaje para incorporar el llamado Voto Joven en la norma electoral santafesina, la ley 4.990 que rige desde 1959. Lo hace con extensos fundamentos en tratados internacionales y en la propia Constitución Nacional. Mientras tanto, la Constitución provincial, en su artículo 29, determina que "son electores todos los ciudadanos, hombres y mujeres, que hayan alcanzado la edad de diez y ocho años y se hallen inscriptos en el Registro Cívico Provincial".




































