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La damnificada es del sur provincial

Estafa virtual: la justicia falló a favor de una víctima

El Juzgado en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto dictó un fallo que obliga a una entidad bancaria a reintegrar las cuotas que se le habían debitado a una jubilada de Chovet por un crédito de $ 100 mil que delincuentes tramitaron a través de su caja de ahorro, sin el consentimiento de la damnificada, para transferir a otra cuenta.

Estafa virtual: la justicia falló a favor de una víctima 
Estafa virtual: la justicia falló a favor de una víctima

Miércoles 30.11.2022
 15:28
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Juan Franco
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El 9 de noviembre, se conoció la primera resolución dictada en la 3° Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe, a través de la jueza civil y comercial María Celeste Rosso, estableciendo la responsabilidad, en primera instancia, de una entidad crediticia ante una estafa virtual. En aquel caso la víctima fue una usuaria del Banco Hipotecario, residente en Murphy, que sufrió un hackeo y extracción de los fondos de su caja de ahorro. Además de la devolución de los $80 mil, con sus intereses, también el citado banco debiera afrontar los costos de los daños moral y punitivo.

Este lunes 28, la misma jueza Rosso hizo lugar a otra demanda por un ciberdelito, en este caso declarando la nulidad de un préstamo bancario que aparece como tomado por la vecina de la localidad de Chovet, Norma F., quien con el patrocinio letrado del abogado José María Cónzoli, referente local de la Unión de Consumidores y Usuarios (UCU), impulsó un reclamo contra el Nuevo Banco de Santa Fe para que se declare la inexistencia y/o nulidad del préstamo personal preaprobado y acreditado unilateralmente por la entidad en una caja de ahorros por la suma de $100.000, por ausencia de consentimiento.

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Y también solicitaba que se declare la nulidad o inexistencia de la transferencia realizada sin el consentimiento de la mencionada clienta por la suma de $106.000. Asimismo, se pidió indemnización por daño moral por $300.000 y una multa civil por la suma de $500.000 en concepto de daño punitivo.

Dando respuesta, la magistrada hizo lugar a la demanda, declarando la nulidad del préstamo bancario que aparece como tomado por Norma F., debiendo reintegrarse los débitos que se hubieren realizado, más los intereses fijados en la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe, desde la fecha de cada detracción mensual. Y, además, el banco provincial deberá abonar, por daño moral, $300.000, y por daño punitivo, $ 500.000, más los intereses.

Fallos trascendentes

“Los fallos vinculados a los casos de Murphy y Chovet, por parte del Juzgado Civil y Comercial, son muy trascendentes. En el caso de Daniela Dufour, de Murphy, un domingo le extrajeron de su cuenta del Banco Hipotecario, mediante una transferencia, la suma de $80 mil. Y en el de la jubilada de Chovet, cuya resolución se conoció este lunes, se dio en el Banco Santa Fe, donde los delincuentes gestionaron un crédito de $100 mil, sin el consentimiento de Norma, y luego transfirieron dicha suma a otra cuenta. En principio, esta mujer desconocía su derecho de reclamar y en nuestra ONG iniciamos la acción solicitando, a través de una medida cautelar, que no se siga debitando el crédito de su jubilación, del cual ya había pagado varias cuotas, y se pidió el reintegro y daño moral y punitivo”, manifestó el abogado patrocinante José María Cónzoli.

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Y agregó: “En principio, se logró que el banco deje de debitar las cuotas", y en tal sentido puntualizó que el Banco Central emitió una normativa específica señalando que "cuando cualquier persona víctima de estas estafas virtuales, lleva la denuncia a la entidad financiera, de inmediato debe cesar el débito del crédito, hasta que se esclarezca la situación. Aunque a pesar de dicha resolución, hay algunos bancos que les cuesta aplicarla y recién la observan cuando se inicia la instancia judicial”.

“Nosotros observamos que no se están haciendo las inversiones necesarias en seguridad para evitar este tipo de delitos. Desde la ONG, antes del inicio de la pandemia, ya habíamos advertido que debían tomarse algunos recaudos, como un aviso desde el banco cuando se ejecuta una transferencia, por ejemplo, con lo cual se podrían evitar las estafas por plataformas digitales”, reflexionó Cónzoli, satisfecho con el fallo favorable a los intereses de las clientes del departamento general que acudieron a la UCU en busca de un resarcimiento tras caer víctimas del ciberdelito.

Asimismo, enfatizó que “es clave que los usuarios se empoderen respecto de sus derechos, que muchas veces son desconocidos, y más aún cuando las entidades financieras, a pesar de los reclamos desde diversos ámbitos, no invierten para garantizar la máxima protección de los ahorros de sus clientes. Todos sabemos cuánto se ahorran los bancos con el uso de estos sistemas digitales, que ellos mismos imponen, y que debieran aplicarse con los máximos estándares de seguridad”, sostuvo el abogado.

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