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SUCESOS

Homicidio culposo

Condenaron a conductor que mató a dos jóvenes en Recreo

El tribunal sentenció a 3 años de prisión condicional y 10 de inhabilitación para conducir a Lucas Javier Pérez. El imputado tenía 19 años cuando chocó a Zacarías Márquez (16) y Matías Bleckmann (22), a la salida de un boliche.

Condenaron a conductor que   mató a dos jóvenes en Recreo Condenaron a conductor que mató a dos jóvenes en Recreo

Viernes 22.2.2019
 23:36

El Litoral | sucesos@ellitoral.com


El juez penal Nicolás Falkenberg condenó a tres años de prisión condicional y 10 de inhabilitación para conducir a Lucas Javier Pérez, un joven de 22 años que el 22 de mayo de 2016 chocó y mató a otros dos muchachos de 16 y 22 años de la ciudad de Recreo. El veredicto se dio a conocer este viernes y encuentra a Pérez como autor penalmente responsable del delito de “homicidio culposo, agravado por ser más de una víctima fatal y por haber sido ocasionado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor”.


El fallo fue el resultado del debate oral y público desarrollado el miércoles en el subsuelo de los tribunales locales, en lo que fue el primer juicio oral por un accidente de tránsito desde la puesta en funcionamiento del nuevo sistema penal, hace 5 años.


La pena impuesta a Pérez es acorde al pedido de la fiscal de la Oficina de Accidentes de Tránsito, Carolina Parodi, que si bien en su alegato inicial había solicitado una pena de prisión efectiva, con el devenir del debate accedió a que la misma sea de cumplimiento condicional. En tanto la inhabilitación se encuentra de acuerdo al requerimiento de la querellante Irene Capobianco (madre de Matías Bleckmann), quien a través de su abogado Pedro Ramón Mendoza, solicitó a su vez cinco años de prisión efectiva para el acusado.


En la curva


La tragedia ocurrió el 22 de mayo de 2016, a las 6.50 de la mañana, en la llamada “curva Fiorito” o “Carnevale”, a la altura del km 479,5 de la Ruta Nacional Nº 11, poco antes del cruce con la RP Nº 5. Las dos víctimas, Zacarías Ignacio Márquez Wanderkauven, de 16 años, y Matías Adolfo Bleckman, de 22 años, fallecieron a causa de las lesiones provocadas en el siniestro.


Ese día Pérez iba al volante del auto Fiat Regata patente SHS-890, en compañía de su novia, de entonces 15 años, cuando pierde el control del rodado desviando su trayecto a gran velocidad hacia la banquina oeste, donde caminaban los dos amigos.


La defensa de Pérez, a cargo de los abogados Matías Pautazzo y Martín Risso Patrón, reconoció la responsabilidad de su pupilo y por ese motivo no trató durante el debate, de controvertir las pruebas en su contra. Por el contrario, se allanó a lo solicitado por la acusación, aunque pidió que a la hora de ser condenado, la pena sea de cumplimiento condicional, atento que el acusado siempre estuvo a derecho, estudia y trabaja y es “útil para la sociedad”, dijeron.


Alta velocidad y alcoholizado


Durante su declaración ante el juez Falkenberg el pasado miércoles, Pérez contó algunos fragmentos de lo ocurrido el día del siniestro y reconoció que “fue muy doloroso” y que su vida cambió a partir de entonces. Dijo que desde allí no volvió a tocar un volante y que no sale “por respeto” a quienes han perdido a sus seres queridos, aunque no ofreció públicas disculpas a las madres de las víctimas, que estuvieron presentes en las audiencias de juicio.


El muchacho contó que esa noche se habían juntado con amigos en la avenida Mitre, frente a la plaza y que minutos antes de la tragedia decidieron ir hasta la zona donde está el boliche. A propósito de ello, el querellante Mendoza, sostuvo que Pérez, al tomar el volante obró “vulnerando el deber de cuidado” ya que además de la velocidad antirreglamentaria (una pericial técnica arrojó que iba entre 113 y 133 km/h), el dosaje de alcoholemia le dio 1,2 gramos de alcohol en sangre.

Derecho de las víctimas


“No tenemos los argumentos de la sentencia pero supongo que se ha seguido la hipótesis fiscal, para eso están las escalas legales”, dijo la fiscal Carolina Parodi al término de lectura. La funcionaria destacó que “el imputado siempre se ha mostrado con una actitud rehabilitante durante todo el proceso” y que por eso “se aplicó la ley”.


Además, destacó que “no es lo mismo un caso donde el imputado no sólo no colabora, sino que se da a la fuga o tiene actitudes desaprensivas para con la víctima”.


Previamente, la fiscal Parodi explicó por qué no se llegó a un acuerdo abreviado y el caso fue elevado a juicio, y dijo que tiene que ver con el derecho de las víctimas; y que en este caso, la mamá de uno de los chicos fallecidos se presentó como querellante con la pretensión de que el fallo sea dictado por un juez.


Pero “que sea el primer juicio oral (por homicidio culposo) no significa que las otras causas, que son innumerables, no avancen”, aseguró. “Lo que pasa es que los delitos culposos están comprendidos entre las previsiones del Artículo 19 que son: ‘criterio de oportunidad’ y ‘disponibilidad de la acción por parte del fiscal’” y que en ese sentido “la mayoría de los casos los resuelvo de otra forma”.

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Judiciales

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