El juez en lo penal de Santa Fe, Sebastián Szeifert, sobreseyó en forma definitiva al médico Fernando Rubén Alarcón, quien llevaba más de 4 años sometido a un proceso penal, en el que se investigaba su presunta responsabilidad en le fallecimiento de una paciente, en un sanatorio privado de la capital provincial.
El pedido para que se pusiera fin al proceso que desde el 24 de enero de 2019 se sigue contra el Dr. Alarcón fue promovido por los abogados Romeo Díaz Duarte y Esteban Yossen, quienes el 17 de abril último se lo expresaron al juez Szeifert en una audiencia de sobreseimiento.
La sentencia, que lleva fecha del 10 de julio último, señala que “efectuado un análisis de la petición entiendo que la misma ha de tener acogida favorable” ya que “existe petición de parte” “y el titular de la acción ha manifestado que se desestimó la denuncia” “por no configurar un hecho penal”, resumió el magistrado a cargo.
Mala imagen
Oportunamente, la defensa de Alarcón había presentado por escrito, un pedido formal para que su cliente fuera desafectado del caso al que estaba atado desde el verano de 2019. El derrotero judicial se remonta a la mañana del 24 de enero de ese año, cuando Zulma R. una paciente que se encontraba internada en el Sanatorio Mayo de calle Suipacha 2453 sufrió una descompensación.
La mujer estaba alojada en la habitación 301 cuando a las 7 de la mañana se suscitó la emergencia. Comenzaron a llegar médicos y enfermeros para asistirla, entre ellos el Dr. Alarcón, el cual fue registrado por la cámara de un teléfono celular dado que presentaba desalineado y bajo un dudoso estado de lucidez.
Los familiares de la paciente lo acusaron de estar “borracho” o “drogado”, mientras que la defensa del profesional asegura que “estaba dormido” por haber estado de guardia esa jornada. Mientras la paciente agonizaba, familiares increpaban al médico al que terminaron echando del lugar.
Minutos más tarde, a las 7.50 las autoridades sanatoriales informaron el deceso de la paciente a causa de un “paro cardio-respiratorio” en ocasión de haber estado internada por un “cuadro de neuralgia ecefalopatía posterior reversible” por el cual había sido intervenida el 13 de enero y atravesaba el pos-operatorio.
El juez Szeifert sobreseyó al profesional. Crédito: Flavio RainaDenuncia y detención
Hubo una denuncia en la Comisaría 1ra y el médico fue detenido. Se le constataron lesiones y en cambio el dosaje alcohólico dio “no detectable”, según consta en la carpeta judicial.
En tal sentido, la defensa sostiene que “pasaron más de cuatro años y que el imputado no ha cometido el delito motivo de la investigación”. Para tal afirmación, la defensa apunta que ya el fiscal Carlos Lacuadra había solicitado el cierre de la investigación por el cual fue investigado el Dr. Alarcón, quien nunca fue formalmente imputado.
Mientras tanto, el médico estuvo privado de su libertad durante algunas horas en una comisaría de Santo Tomé, y atravesó la apertura de un sumario administrativo en el hospital Cullen durante 4 años por tener un proceso penal abierto.
La causa pasó por tres fiscales. Las primeras diligencias las realizó el fiscal Roberto Apullán; luego pasó a manos de su par Carlos Lacuadra y finalmente el encargado del tramo final fue el Dr. Ignacio Lascurain.
Desestimación y archivo
Éste último asumió ante el juez Szeifert que no podía realizar una atribución de carácter imputativo y mucho menos una acusación, dado que el 12 de agosto de 2021 el Dr. Lacuadra desestimó la denuncia y pidió el archivo de las actuaciones. No obstante, como el médico nunca fue imputado, la fiscalía rechazó el sobreseimiento.
En cuanto a los familiares de la presunta víctima, el 28 de marzo de 2023 fueron citadas por la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de Santa Fe y no existe constancia de que se hayan opuesto a lo planteado por fiscalía y defensa.
A la hora de resolver, el juez Szeifert analizó que el médico Alarcón estuvo detenido algunas horas el día que lo denunciaron; y que el 11 de diciembre de 2020 se solicitó como anticipo jurisdiccional de prueba un análisis realizado por el Laboratorio de la Corte, que buscaba restos de “cocaína o metabolitos” en el organismo de Alarcón, el cual en ambos casos dio negativo.
Los Tribunales de Santa Fe. Crédito: Luis Cetraro.Interpretación judicial
En ese sentido, Szeifert sostiene que “imputado es la persona contra la cual se ejercer persecución penal”, y que las evidencias existentes fueron más que suficientes para demostrar que se encontraba ligado al proceso en carácter de tal, aunque no haya sido formalmente imputado. Máxime cuando existe un dictamen fiscal que dice que “Alarcón no obró en forma culposa, sea por imprudencia, negligencia o impericia en su arte o profesión”.
Por ello “efectuado un análisis de la petición entiendo que la misma ha de tener acogida favorable” ya que “existe petición de parte” “y el titular de la acción ha manifestado que se desestimó la denuncia” “por no configurar un hecho penal”, resumió el magistrado.