El "Ministerio" de la moral en la Santa Fe de los años '70: historia de mordazas, multas y arrestos
La última dictadura militar estableció duras multas y detenciones para quienes no cumplieran con el decálogo de las buenas costumbres en la ciudad. La gente debía cuidar la vestimenta, el lenguaje y los pronunciamientos públicos.
El "Ministerio" de la moral en la Santa Fe de los años '70: historia de mordazas, multas y arrestos
En la novela “1984”, George Orwell narra la vida dentro de un Estado totalitario en el que gobierna el “Gran Hermano” a través de cinco ministerios. Uno de ellos es el “Ministerio del Amor”, responsable de la censura y el control social. Del relato literario-distópico a la realidad de la última dictadura militar en Argentina, hay un parangón.
Entre 1976 y 1983, la Junta Militar desplegó un modelo represivo que, en la esfera social y cultural, amordazaba todo tipo de libre expresión que no encajara con lo que se entendía contra la “moral y las buenas costumbres”, siempre según la ideología del gobierno de facto. No faltó así la censura contra la sexualidad, la libertad de credos y de expresión, etcétera.
Y la ciudad de Santa Fe, claro, no fue una excepción. Consta en el digesto histórico de 1978 un capítulo que versa exclusivamente sobre las penalidades que pesaban por las "Faltas contra Moral y las Buenas Costumbres" -así está puesto, con mayúsculas; son los artículos 145, 146 y 147 del Capítulo III, Título VII-.
(N. del R: Como se sabe, un digesto es un compendio de ordenanzas del Concejo, resoluciones y decretos del municipio que organizan en términos legislativos las normas de convivencia de una comunidad.)
Allí el gobierno interventor de la Junta Militar en Santa Fe estableció, primero, qué estaba contemplado como "atentados" a la moral. Alude al tipo de lenguaje, vestimenta, desnudez (por ejemplo, circular con el torso desnudo en pleno verano, tan frecuente hoy), los impresos, grabaciones o gráficos en vía pública que afectaran a la moralidad y buenas costumbres.
Los panfletos públicos eran una afrenta contra la moral. Imagen creada con IA. Crédito: El Litoral
También aquellas acciones que tiendan a" disminuir el respeto que merecen las creencias e instituciones religiosas o lesionen el sentido de la dignidad humana y de la libertad de cultos", incluso en los espectáculos o diversiones públicas.
No sólo se estipulaban las multas dinerarias, que eran montos importantes para los autores de esas contravenciones. Sino que además, si no se abonaba la multa, se aplicaba un arresto de hasta quince días, clausuras de locales en infracciones e inhabilitación de hasta 180 días.
La presencia de menores en cualquier tipo de local cuyo ingreso o permanencia estuviera prohibida (como en los locales nocturnos como bares), se penaba con "multas y/o arresto de hasta 15 días" del titular de ese local.
Expresión pública
La venta, edición, emisión, distribución o circulación de libros, revistas, fotografías, emblemas, avisos, carteles, impresos, audiciones, grabaciones, imágenes, pinturas u objetos de cualquier tipo que resulten "inmorales o atentatorias a las buenas costumbres", se penalizaban también con altas multas y calabozo por dos semanas para los contraventores.
"Las penas se aplicarán discriminadamente al editor, distribuidor, vendedor y a todo aquel que resulte responsable en cualquier etapa de la comercialización". Todo estaba tipificado en el Régimen de Infracciones y Penalidades de Santa Fe (Ordenanza N° 7.882), que luego, con el retorno de la democracia y los cambios en la sociedad, se fue aggiornando.
Hoy no se detiene a alguien por incumplir una multa. Pero hay una curiosidad: esos tres artículos (145, 146 y 147) "correctivos" hacia la moralidad que entendía la Junta Militar fueron derogados por la Ordenanza Nº 10.450 recién el 3 de junio de 1999, ¡en plena democracia! Y las penas de arresto se suprimieron por Ordenanza Nº 8.995 del 23 de diciembre de 1987.
Algunas interpretaciones
La trama orwelliana -de la imaginación literaria a los datos históricos- se puede sintetizar de la siguiente manera: la dictadura imponía que la sociedad debía utilizar un lenguaje adecuado; vestirse y presentarse con los cuidados necesarios, y no expresarse públicamente a través de las vías disponibles de aquel tiempo (carteles, revistas, panfletos). De lo contrario, multa y/o cárcel.
Alumnos santafesinos hacen una representación de la última dictadura. Crédito: Archivo
La investigadora santafesina y Dra. en Ciencias Sociales, Laura Schenquer (Universidad Nacional del Litoral / Conicet), explica en un artículo académico que la Dirección General de Informaciones (DGI) controlaba el organigrama cultural santafesino. Esa área había sido creada en los años '60, pero en la última dictadura tomó gran preponderancia.
Una de las funciones de la DIG "era inspeccionar in situ los circuitos culturales santafesinos, las actividades y los sujetos que actuaban en instituciones públicas y privadas (incluyendo cines y teatros, así como escuelas, clubes y otras organizaciones civiles intermedias)", dice la especialista.
Pero además, llevaba al día una suerte de "archivero" el cual "estaba compuesto por 'fichas ideológicas', recortes periodísticos, volantes, afiches y materiales con información de actividades realizadas por personas sospechadas".
Y a propósito de la persecución de las "inmoralidades", recuerda que los Documentos Básicos del Proceso (DBP), en la introducción del Acta titulada “Propósitos”, "se anuncia que el objetivo del gobierno militar era 'restituir los valores esenciales'".
"Estos valores son primero descriptos como 'el sentido de moralidad, idoneidad y eficiencia, imprescindibles para reconstituir el contenido y la imagen de la Nación' y, solo luego, como 'los valores de la moral cristiana, de la tradición nacional y de la dignidad del ser argentino'".