Luciano Andreychuk
landreychuk@ellitoral.com
Contra los propietarios que no mantienen desmalezados sus terrenos baldíos, contra las especulaciones inmobiliarias, y a favor de mayor salubridad pública. Así se fundamentó un proyecto sancionado ayer en el Concejo -sólo con los votos del oficialismo, ya que la oposición no acompañó- que elimina la figura de la intimación previa en la imposición de sanciones a propietarios de terrenos baldíos que no tengan a éstos en condiciones aptas -que no cumplan con el desmalezamiento, desarratización y desinsectación-, tal lo establece la normativa vigente.
Se trata de una modificación del artículo 31 bis de la Ordenanza Nº 7882 -Régimen de infracciones y penalidades- por la cual se elimina la instancia de la intimación previa antes de labrar las actas de multas correspondientes. El artículo sancionado establece textualmente por: “La falta de limpieza, eliminación de malezas o desinfección de terrenos baldíos o espacios libres de construcción de propiedades particulares una multa de 3 pesos por cada metro cuadrado de superficie”.
Para el supuesto que hubieran transcurrido diez días desde la notificación del acta de infracción y no se hayan realizado las tareas de mantenimiento del terreno, la multa será de 6 pesos por cada metro cuadrado de superficie. Por malezas, la sanción económica se aplicará en los casos en que la vegetación supere los 40 centímetros de altura.
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