Los carteles no podrán contener mensajes que ofendan la moral y las buenas costumbres; no podrán producir cambios de luz, vibraciones, movimientos (giratorios, tablillas móviles, etc.) o producir ruidos que molesten a los vecinos.
Tampoco deberán distraer o dificultar de manera ostensible y peligrosa la atención de los conductores de vehículos.
Del mismo modo, no podrán ser peligrosos ni combustibles; no deberán perjudicar las especies de arbolado público y sus visuales en plazas y avenidas.
































