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A 14 años de prisión

Condenaron a uno de los hermanos acusados de matar al farmacéutico

Dos años después del crimen de Elías Achkar, ocurrido en febrero de 2007 en su casa de Santo Tomé, la Justicia condenó a Germán “Bichi” Castro, pero absolvió a su hermano Sebastián por falta de pruebas.


Miércoles 15.4.2009
 15:52

Por Juliano Salierno
jsalierno@ellitoral.com

Dos hermanos involucrados en la muerte del farmacéutico santotomesino, Elias Achkar, corrieron distinta suerte en los Tribunales locales. Mientras uno de ellos fue condenado a 14 años de cárcel por el delito de “homicidio en ocasión de robo”, el otro resultó “absuelto de culpa y cargo”.

La medida la adoptó el juez de Sentencia, Enrique Álvarez, contra el Germán Castro, de 23 años, quien deberá estar preso hasta el 20 de abril de 2021. Su hermano de 30 años, fue absuelto en virtud del principio de la duda y se ordenó su inmediata libertad, previo pago de una caución de 0.000 hasta tanto el fallo no esté firme.

No obstante la sentencia fue apelada, por lo que deberá ser revisada por la Sala III de la Cámara Penal. Los planteos los hicieron los abogados Raúl Berizzo y Carolina Walker Torres, a cargo de la defensa del condenado; y el fiscal de primera instancia, Norberto Nisnevich, quien cuestionó la absolución del otro imputado.

Para la determinación final, el juez Álvarez -a cargo del Juzgado de Sentencia Nº 2 que está vacante- se valió de los informes de una compañía de telefonía celular, donde quedaron registradas las llamadas y mensajes de texto enviados con posterioridad al homicidio, desde la línea de la víctima.

El día del crimen

La causa se inició el 16 de febrero de 2007, en el chalet de calle Rivadavia 2016 de Santo Tomé, donde vivía Achkar. Junto con la intervención policial comenzó a trabajar el juez de Instrucción Quinta, Darío Sánchez, quien más tarde procesó a los hermanos Castro por “homicidio en ocasión de robo”, medida que fue confirmada por la Cámara de Apelación Penal.

En los “considerandos” del fallo el juez Álvarez se dedicó a “verificar qué hechos están probados”. Como punto de partida se pudo acreditar mediante autopsia, que la víctima “fue sujetada de ambas manos y pies por los surcos que presentaba el cuerpo, que se realizaron en vida”. Por lo tanto, la muerte de Achkar “se produce por mecanismos fisiológicos de descompensaciones orgánicas múltiples, como consecuencia del estrés a causa de las lesiones traumáticas corporales”, describió el juez.

También se pudo comprobar que los atacantes entraron “forzando la ventana de la sala principal”; y redujeron al dueño de casa después de propinarle una golpiza. Se llevaron un “celular Motorola, un bolso chico de color negro de tela de avión, dos luces de emergencia chicas y presumiblemente dinero en efectivo”.

Aunque sin “pruebas directas” el juez recorrió un camino que le permitió encontrar vínculos entre uno de los imputados y su responsabilidad en el crimen. No así en el caso de su hermano -Sebastián Castro-, dado que “el material de cargo es insuficiente a los fines de llegar a una condenatoria”, amplió el magistrado, que privilegió el principio del “in dubio pro reo” o beneficio de la duda para absolverlo.

Líneas cruzadas

La investigación se abrió “a partir de los informes de la Empresa CTI Móvil”. Desde el teléfono robado a Achkar fueron enviados mensajes de texto que la Dirección de Observaciones Judiciales ubicó, junto con sus destinatarios. El primero en caer fue un hombre que apuntó a una mujer como la autora del mensaje. La chica es familiar de los dos hermanos y condujo la investigación directamente a los sospechosos.

Es más, en un nuevo allanamiento en sus domicilios, secuestraron el chip buscado, que se encontraba en un bolso perteneciente a Germán Castro, aunque en la pieza de su hermano.

“Complicando aún más la situación de Germán Castro”, la defensa propuso un testimonio que “desde el vamos da una versión poco creíble”
En cuanto al desenlace fatal de lo que habría comenzado como un robo, el juez hizo un balance en el que se presume que los atacantes “no tenían la intención de provocar la muerte, sino facilitar su accionar. Pero también considero que no ignoraron el peligro que generaba su acción para la vida de la víctima y en ese orden se desentendieron totalmente del resultado, demostrando un singular desprecio por la suerte que podía correr la víctima”.

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