La decisión fue oficializada este martes a través del Decreto 787/2025, publicado en el Boletín Oficial, y deroga la normativa 2417/1993 que regía el control estatal de los aranceles en colegios privados.
El Gobierno nacional eliminó el decreto que regulaba los aranceles de los establecimientos privados desde 1993. Las instituciones podrán definir libremente sus valores sin informar previamente a las familias ni solicitar autorización estatal.

La decisión fue oficializada este martes a través del Decreto 787/2025, publicado en el Boletín Oficial, y deroga la normativa 2417/1993 que regía el control estatal de los aranceles en colegios privados.
Con esta medida, los establecimientos de enseñanza de gestión privada ya no deberán informar anticipadamente el valor de la matrícula ni de las cuotas, ni requerir la aprobación del Estado para modificarlas.
Durante más de tres décadas, la norma había exigido que los colegios notificaran los montos a las familias antes de finalizar el ciclo lectivo, con fecha límite —recientemente ampliada— hasta el 15 de noviembre.
Hasta ahora, los colegios debían alcanzar un acuerdo con los padres o tutores respecto de los nuevos valores, acuerdo que debía quedar registrado ante las autoridades nacionales. En caso de no lograrse consenso, los aranceles se mantenían sin cambios.
El nuevo decreto argumenta que esa regulación “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos privados a las realidades educativas y económicas del país”.
Según el texto oficial, la norma de 1993 fue dictada “en un contexto distinto, cuando la educación estaba bajo la órbita del gobierno nacional”, y que con la transferencia de competencias a las provincias, el esquema actual requiere una revisión.
El Ejecutivo considera que la estructura de costos de los colegios cambió sustancialmente y que el control estatal de precios “afectaba su funcionamiento y viabilidad económica”.
El Gobierno sostiene que exigir a los colegios informar los aranceles con anticipación “limitaba su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado”, impidiendo ajustar precios conforme a la inflación o a los costos operativos.
También argumenta que la obligación de fijar cuotas previsiblemente más altas por temor a no cubrir los gastos reales “terminaba perjudicando a las familias, que debían pagar montos elevados desde el inicio del ciclo lectivo”.
El texto oficial agrega que este mecanismo “constriñe el derecho de propiedad de los establecimientos educativos”, que al ser entidades privadas, “deberían tener libertad para fijar sus condiciones de contratación y los salarios de su personal”.
El Gobierno de Javier Milei interpreta que la medida se enmarca en su política de desregulación general y en la defensa del “principio de libre contratación”, promoviendo la competencia como forma de equilibrar el mercado educativo.
La administración nacional también argumenta que los aranceles fijos y predecibles “pueden derivar en una precarización de la calidad educativa, al impedir que los colegios respondan con agilidad a aumentos de salarios, insumos o servicios”.
El decreto concluye que las instituciones privadas “deben poder definir sus políticas de precios y compensaciones en el marco de una competencia leal y conforme a las demandas del mercado”.




