La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial, el uso y la distribución de un producto con Registro Nacional de Establecimiento y Registro Nacional de Producto Alimenticio inexistente. Se trata de un aceite de oliva extra virgen que fue investigado luego de que un particular consultará al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre este.
































