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Medidas tributarias

El Gobierno Nacional declaró la emergencia agropecuaria por heladas en Córdoba

Esta medida implica una serie de beneficios tributarios para los productores afectados, como prórrogas y exenciones de pagos de distintas cargas impositivas

El Gobierno Nacional declaró la emergencia agropecuaria por heladas en CórdobaEl Gobierno Nacional declaró la emergencia agropecuaria por heladas en Córdoba

Jueves 4.5.2023
 10:04
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El Gobierno Nacional declaró en la provincia de Córdoba la “emergencia agropecuaria” debido a las heladas que están azotando la zona.

El Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Resolución 589/2023, publicada este jueves en el Boletín Oficial, declaró “el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda. Será desde el 1° de marzo de 2023 y hasta el 31 de agosto de 2023, en las explotaciones agrícolas, forestales y frutihortícolas afectadas por heladas” y “desde el 1° de marzo de 2023 y hasta el 29 de febrero de 2024, a las explotaciones ganaderas, tamberas y apícolas”.

El Artículo 3° de la resolución señala: “Determínase que el 31 de agosto de 2023 y el 29 de febrero de 2024 son las fechas de finalización de los ciclos productivos para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas en los Artículos 1° y 2° de la presente resolución”.

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Qué implica la medida

La declaración de emergencia implica una serie de medidas tributarias como prórrogas o exenciones de pagos de distintas cargas impositivas. “A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509 y sus modificatorias, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores y las productoras afectados/as deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo”, aclara la decisión tomada por el ministerio a cargo de Sergio Massa.

En este marco, el Gobierno de la Provincia de Córdoba remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la AFIP “arbitrarán los medios necesarios para que los productores y las productoras agropecuarios/as comprendidos/as en la presente resolución gocen de los beneficios previstos”.

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La medida responde al decreto provincial presentado por el Gobierno cordobés el pasado 29 de marzo que declaró la emergencia agropecuaria por las heladas. La Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios analizó la situación de la provincia y recomendó la misma declaración que fue oficializada este jueves por el Ministerio de Economía de la Nación.

Hasta el 31 de agosto se prorrogó “sin recargos ni intereses” el pago de las cuotas 3 a 7 del año 2023, correspondientes al Impuesto Inmobiliario Básico Rural, la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural y la parte proporcional de las diferencias de impuestos que pudieran surgir correspondiente a la anualidad 2023, y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

Se exime hasta la mencionada fecha en un 41,66% el pago de los mencionados tributos.

Además se prorrogó hasta el 29 de febrero de 2024, el pago de las cuotas 3 a 12 del año 2023 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural y la parte proporcional de las diferencias de impuestos que pudieran surgir correspondiente a la anualidad 2023, y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA), a los productores agropecuarios que se encuentren en Estado de Emergencia Agropecuaria en el marco de esta norma. Y se exime en un 83,33% el pago de dichos impuestos.

Se estableció que “el incumplimiento en el pago de los tributos aludidos en el plazo fijado, hará renacer la vigencia de los recargos previstos en la legislación tributaria, desde el momento que operó el vencimiento original del gravamen”.

Cabe recordar que a mediados de marzo el Gobierno Nacional declaró la emergencia y/o desastre agropecuario en Córdoba por la sequía. En esa ocasión se estableció que la medida rige desde el 1° de enero de 2023 y hasta el 30 de junio de 2023, a las explotaciones agrícolas, forestales y frutihortícolas. Mientras que hasta el 31 de diciembre fue declarada la emergencia a las explotaciones ganaderas, tamberas y apícolas. La resolución abarca a 800 mil hectáreas del sur del departamento de San Justo, el norte de Marcos Juárez y Unión y noroeste de General San Martín.

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