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OPINIÓN

Años 70, que la historia prime sobre la memoria

Fue una guerra, ya no se puede negar que hubo un enfrentamiento armado

Fue una guerra, ya no se puede negar que hubo un enfrentamiento armadoFue una guerra, ya no se puede negar que hubo un enfrentamiento armado

Sábado 8.2.2025
 0:39
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Javier Vigo Leguizamón
Por: 
Javier Vigo Leguizamón
|
Abogado.

En el debate de candidatos a presidente de 2023, el actual mandatario Javier Milei realizó un importante aporte a la elaboración de un juicio histórico-crítico riguroso al afirmar que en la dolorosa década del 70 el país vivió una guerra.

En aquel momento, desde distintos ámbitos le imputaron "detonar el consenso democrático" y "desfigurar el pasado", cuando la verdad es que Milei lo que estaba haciendo era convocar a sustituir el maniqueo relato de la memoria, por el juicio objetivo de la historia.

Sentencias con autoridad de cosa juzgada le daban y le dan la razón a Milei en tal sentido, porque no es él quien incurre en negacionismo al sostener que hubo una guerra.

Fábrica Militar de Villa María. Desde el 24 de abril de 2024 lleva el nombre del coronel Argentino del Valle Larrabure. Del 10 al 11 de agosto de 1974 fue escenario de un duro enfrentamiento entre el ERP y el Ejército Argentino.

Hubo una guerra. Y los negacionistas son, por ejemplo, quienes ocultan que al juzgar a los ex comandantes en la causa 13/84, de hace más de cuarenta años, la Cámara Federal dijo textualmente lo siguiente (capítulo sexto de su sentencia, situación preexistente al 24 de marzo de 1976): "(…) En consideración a los múltiples antecedentes acopiados en este proceso, especialmente documentación secuestrada, y a las características que asumió el fenómeno terrorista en la República Argentina, cabe concluir que dentro de los criterios clasificatorios que se vienen de expresar, éste se correspondió con el concepto de guerra revolucionaria. En cuanto al grado de desarrollo por ella alcanzado, el informe del Estado Mayor General del Ejército concluye en que llegó a la creación de zonas dominadas".

Y agregó: "(…) Está fuera de discusión que a partir de la década de 1970 el terrorismo se agudizó en forma gravísima, lo que se manifestó a través de los métodos empleados por los insurgentes; por su cantidad; por su estructura militar; por su capacidad ofensiva; por su poder de fuego; por los recursos económicos con que contaban provenientes de la comisión de robos, secuestros extorsivos y variada gama de delitos económicos; por su infraestructura operativa y de comunicaciones; la organización celular que adoptaron como modo de lograr la impunidad; por el uso de la sorpresa en los atentados irracionalmente indiscriminados; la capacidad para interceptar medios masivos de comunicación; tomar dependencias policiales y asaltar unidades militares".

Finalmente, enfatizó: "En suma, se tiene por acreditado que la subversión terrorista puso una condición sin la cual los hechos que hoy son objeto de juzgamiento posiblemente no se hubieran producido. Además, el Tribunal también admite que esos episodios constituyeron una agresión contra la sociedad argentina y el Estado, emprendida sin derecho, y que éste debía reaccionar para evitar que su crecimiento pusiera en peligro la estabilidad de las instituciones asentadas en una filosofía cuya síntesis, imposible de mejorar, se halla expuesta en la Constitución Nacional. Es manifiestamente claro que ni el Estado ni la sociedad provocaron de manera suficiente la agresión subversiva. Ello es un hecho notorio que se desprende de la circunstancia de que la subversión terrorista en momento alguno señaló la existencia de situaciones sociales o políticas de tal entidad que pudiera determinar su actividad disolvente".

Teniendo esa sentencia autoridad de cosa juzgada, por haberla confirmado la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), no solo no puede negarse la existencia de una guerra, sino menos aún afirmar livianamente que se trataba de "meros ciudadanos" atacados por el Estado, cuando la justicia concluyó que los terroristas integraban organizaciones armadas con un alto poder de fuego.

Sus integrantes contaron con el apoyo del Estado argentino -que el 25 de mayo de 1973 liberó a los guerrilleros detenidos sin exigir al ERP y Montoneros la previa entrega de las armas- e igualmente de Cuba, que financió y entrenó a sus integrantes, lo que nos ha permitido sostener en la denominada "Causa Larrabure", a resolución de la CSJN, que el terrorismo guerrillero fue de Estado y que sus crímenes son de lesa humanidad.

Imagen de la autopsia del cuerpo de Argentino del Valle Larrabure, donde se nota el profundo surco en su garganta generado por el estrangulamiento. Fue asesinado por el ERP el 19 de agosto de 1975, tras 372 días de cautiverio.

Negacionistas, también, son aquellos que afirman que en la década del 70 el derecho de gentes no consideraba a los crímenes de las organizaciones armadas de lesa humanidad. Desde 1949 están vigentes las Convenciones de Ginebra, cuyo artículo tercero común prescribe que "no se puede atacar, ni atentar, contra los civiles inocentes en conflictos armados, sean internacionales o internos".

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al analizar el ataque que la organización terrorista Movimiento Todos por la Patria realizara al regimiento de La Tablada, entre el 23 y el 24 de enero de 1989, concluyó, en su Informe 55/97, que dicho ataque debía encuadrarse como conflicto armado interno, estando los contendientes de ambos bandos obligados a respetar la Convención de Ginebra

Habiendo durado ese ataque solo 36 horas, no puede seriamente sostenerse que los ataques a los regimientos de Formosa, Azul, Monte Chingolo, Catamarca, a la Fábrica Militar de Villa María, las 17.380 víctimas generadas por la guerrilla, computadas por el informe del Centro de Estudios Legales sobre el Terrorismo y sus Víctimas (Celtyv), los más de 1.000 asesinatos . y cientos de secuestros, no generaron un conflicto armado interno. Menos aun cuando la Corte, en la "Causa Arrillaga" aplicó el informe 55/97 de la CIDH, enfatizando la responsabilidad internacional de la Argentina derivada de la firma de tratados internacionales y el deber de buena fe con que los mismos deben cumplirse"

El peligro, entonces, no radica en que Milei cuente la verdad a los jóvenes. El peligro está en silenciar la gravedad de la violencia guerrillera, más aún cuando el país tiene un 40 % de pobreza, a diferencia de la década del 70 cuando, llegando sólo al 4 %, muchos educadores y políticos convocaron a los jóvenes a tomar las armas.

Es necesario, entonces, restaurar la verdad y educar con ella, meditando profunda y serenamente qué hubiera ocurrido con la república, con nuestra libertad, con nuestra propiedad, de haber triunfado la guerrilla.

Es más, Héctor Leis, quien fuera oficial primero de Montoneros, temiendo que al final de la era Kirchner el país asistiese a un nuevo ciclo de violencia, escribió un párrafo esclarecedor, tal cual consta en su libro "Testamentos de los Años 70":

"El potencial terrorista de los Montoneros era imposible de prever. Existía un cálculo inconfeso de medio millón de víctimas, entre prisión y fusilamientos que serían necesarias luego de tomar el poder para que el socialismo pudiera sobrevivir rodeado por un cerco de países capitalistas subordinados al imperialismo. Un miembro de la conducción regional de los Montoneros enunció esa cifra con total naturalidad en 1974, como respuesta a mi pre­gunta sobre las primeras tareas de la revolución triunfante"

Por su parte, el historiador y filósofo búlgaro Tzvetan Todorov, luego de visitar el Parque de la Memoria, en su artículo "Los riesgos de la Memoria Incompleta" (**), nos advierte que:

"Los Montoneros y otros grupos de extrema izquierda organizaban asesinatos de personalidades políticas y militares, que a veces incluían a toda su familia, tomaban rehenes con el fin de obtener un rescate, volaban edificios públicos y atracaban bancos. (...)Tampoco se puede silenciar la ideología que inspiraba a esta guerrilla de extrema izquierda y al régimen que tanto anhelaba. Como fue vencida y eliminada, no se pueden calibrar las consecuencias que hubiera tenido su victoria. Pero, a título de comparación, podemos recordar que, más o menos en el mismo momento (entre 1975 y 1979), una guerrilla de extrema izquierda se hizo con el poder en Camboya. El genocidio que desencadenó causó la muerte de alrededor de un millón y medio de personas, el 25% de la población del país. Las víctimas de la represión del terrorismo de Estado en Argentina, demasiado numerosas, representan el 0,01% de la población".

Las lógicas violentas no están extirpadas

Preocupan mucho las declaraciones hechas por Mario Firmenich el 5 de septiembre de 2024, afirmando que hay que distinguir los factores que llevaron a la irrupción de Montoneros, constatando si fueron circunstanciales o permanentes, y, en el caso de ser permanentes, la juventud debería analizar de qué forma puede retomar la actividad política.

Esta afirmación del líder de la organización terrorista revela que las lógicas violentas no están extirpadas. y también deja en claro la locura de políticos y educadores, que después de 1983 han hecho una apología del accionar guerrillero. A tal punto es así que se ha festejado el Día del Montonero y en Santa Fe, la hija de uno de los captores de Argentino del Valle Larrabure, Josefina González, fue elegida diputada.

Recientemente en el documental "Argentina 1978" hemos visto a Firmenich hablar libremente de su organización política militar, mintiendo al sostener que ejercieron el derecho de resistencia a la opresión durante una dictadura, cuando entre el 25 de mayo de 1973 y el 23 de marzo de 1976, en que ocurrieron la mayoría de los actos terroristas, no hubo ninguna. Se utiliza la pasión por el futbol para confundir a la juventud. Ello es muy peligroso porque cuando en los años 70 sembraron el terror había un 4 % de pobreza, hoy hay un 40 %.

Por ello la CSJN tiene la responsabilidad histórica de seguir en la causa Larrabure el criterio que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos fijara en el Informe 55/97, emitido al expedirse sobre lo ocurrido durante el ataque del Movimiento Todos por la Patria (MTP) al Regimiento La Tablada en 1989, y que la Corte aplicara en la "Causa Arrillaga".

En ese momento la CIDH dijo dos cosas: que ese ataque que duró solo 36 horas desató un conflicto armado interno y que tanto los miembros del MTP como las fuerzas armadas estaban obligados a respetar el artículo 3 común de la convención de Ginebra de 1949 que impide torturar o asesinar a los prisioneros de guerra.

Ello revela la arbitrariedad de la resolución 158/07, dictada por Esteban Righi (ministro del Interior durante el año 1973 y procurador general de la Nación Argentina desde 2004 hasta 2012), que protegió con un manto de impunidad a los miembros de la guerrilla, negando la existencia de un conflicto armado interno y la vigencia de tratados internacionales que permitían, ya entonces, considerar crímenes de lesa humanidad o de guerra a los atentados terroristas.

Esta resolución impidió a los fiscales expedirse como, con singular valentía, lo había hecho el fiscal general Claudio Palacín (autor del libro "1975 Larrabure") considerando de lesa humanidad el crimen de Larrabure.

Hemos denunciado ante la Corte la arbitrariedad en que incurriera la Cámara Federal de Rosario para no aplicar el Informe 55/97 de la CIDH, sosteniendo falsamente que el Ejército en el ataque a la Fábrica Militar de Villa María no había combatido, cuando el teniente coronel Osvaldo Guardone, quien era el jefe de dicha guarnición y estaba enfermo, impidió su secuestro combatiendo valientemente, y abatiendo al guerrillero Ivar Brollo, alias "Gordo" o "Manuel"

Luego de leer la sentencia pregunté a uno de los camaristas: ¿Doctor, usted leyó el expediente? ¿Cómo pueden decir que el Ejército no combatió, si el expediente tramitado en el juzgado de Bell Ville acredita, con numerosos testimonios, que Guardone combatió durante una hora y media desde su casa y todos los testimonios hablan de un feroz tiroteo?

Ese es el tema: no puede primar la posverdad frente a las normas jurídicas. Nosotros estamos pidiendo a la CSJN que haga primar la verdad fáctica y la verdad jurídica, siendo coherente con lo sostenido al juzgar al general Alfredo Arrillaga, sin variar el criterio porque esta vez en el banquillo de los acusados deba sentarse un miembro de la guerrilla.

Presentaciones de más pruebas

En noviembre pasado, con el patrocinio del Dr. Daniel Sabsay, Osvaldo Guardone y Rosa Adelaida Gutiérrez de Guardone, hijo y viuda del teniente coronel Osvaldo Jorge Guardone -quien fuera jefe de la Fábrica Militar de Villa María en el momento en que fuera secuestrado el entonces mayor Argentino del Valle Larrabure-, solicitaron ser admitidos ante la CSJN como amicus curiae para incorporar, como víctimas del ataque guerrillero de 1974, testimonios de singular importancia para dejar al desnudo la muy grave arbitrariedad fáctica en la que incurriera en su momento la Cámara Federal de Rosario.

Todas las pruebas existentes hasta ahora fueron corroboradas por la vívida y dramática descripción de los hechos efectuada por Osvaldo Guardone hijo y su madre.

Ellos, en calidad de testigos directos, describen con absoluta claridad y detalles inéditos cómo fue que con granadas, armamento pesado (tipo obuses) y ráfagas continuas de ametralladoras, tuvo lugar un feroz y bravísimo tiroteo, iniciado cuando los terroristas atacaron e intentaron ocupar la casa donde residía el teniente coronel Guardone.

A Guardone, que gracias a su innegable coraje ofreció heroica resistencia, lo acompañaban su esposa, una empleada doméstica, un bebé de meses y cinco menores, teniendo el mayor de ellos 11 años.

Esto de ninguna manera evitó que el ERP atacara fuertemente la vivienda del militar, siendo otra muestra evidente de la barbarie y la vileza con que el terrorismo guerrillero violó el artículo tercero común de las Convenciones de Ginebra de 1949, que impide atentar contra civiles inocentes.

(*) Apoderado de Arturo Larrabure, hijo de Argentino del Valle Larrabure.

(**) Puede verse en https://www.lanacion.com.ar/opinion/ los-riesgos-de-una-memoria-incompleta-nid1331651/

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