Las cuatro localidades pioneras en establecer el 28 de julio como Día del Derecho Humano al Agua y al Saneamiento, fueron influenciadas por un conjunto de antecedentes científicos, normativos, jurisprudenciales, políticos y sociológicos. Entre las influencias citadas, podemos enumerar el Derecho al Agua establecido en la Conferencia del Agua de la ONU en Mar del Plata, en 1977; el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de 1988; la Convención sobre los Derechos del Niño, de 1989; la Observación General Nº 15 del Comité de los Derechos Económicos Sociales y Culturales de la ONU, de 2002; el artículo 47 de la Constitución de Uruguay, en 2004; la Constitución de Ecuador de 2008; la Constitución de Bolivia de 2009; el Manifiesto Rosario por el Agua, firmado en el 2010 por el Dr. Leonardo Boff y el que suscribe; el Pacto Público del Agua capítulo Latinoamericano de 2011, firmado por el Dr. Riccardo Petrella y el abajo firmante; la Constitución de Argentina en el artículo 41, al establecer el derecho humano a un ambiente sano, así como el artículo 75 inciso 22.