“En Argentina, se manifiestan dos escenarios: por un lado, los mayores de 18 años, pueden donar en vida a determinados parientes/cónyuges –limitación que no existe respecto de células progenitoras hematopoyéticas (CPH), y se consideran donantes de órganos cadavéricos siempre que en vida no hubieran manifestado lo contrario y por otro, los menores de 18 años, sólo pueden ser donantes de CPH y siempre y cuando exista un grado de parentesco con la persona que los recibe. En el caso de órganos cadavéricos, ya no existe presunción de que el menor es donante salvo manifestación en contrario dada en vida, sino que se necesitará de la autorización de ambos progenitores, pues la oposición de uno elimina la posibilidad de llevar adelante la extracción en el cuerpo del menor", explicó Amalia Granata.